Resolución Nº 82. Resolución que Aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la Comun de San Pedro de Macoris, sobre Permuta de Terrenos.

Fecha de disposición04 Septiembre 1942
Número de resolución82
Fecha de publicación01 Enero 1942
Número de registro3272138
Número de Gaceta5802
COLECCION
DE
LEYES,
DECRETOS
&.-1907
325
NLim.
d725.-RESOLUCION del
C.
N.
mediante
IP
ctial2esaprue-
ba
el contrato denominado "Protocolo italiano" de
fwha
4
de
.Julio
1903.--G.
0.
Ntim.
1772
del
16
de Marzo
1907.
-
.
__
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Reptiblica
Declrrrccdn
la
wgencia.
ViStOS 10s informes presentados por la Comisidn de Hacien-
da
y
de Re!aciones Exteriores del Congreso Nacional, sobre las
Memorias respwtivas de
10s
Secretarios
de
Estado
de
Hacienda
:v
de.
Relaciones Exteriores durante el
period0
consti tuciond del
Presidente
Wos
y
Gil, en
10s
cuales informes se rechaza por va-
rias causas el Convenio
6
Protocolo Italiano firmado de una par-
te
por el Cav. Oreste Savina, Ministro Residente de su Majestad
el
Rey de Italia
;
y
de
la
otra por el sefior Juan Elias
Moscoso
hi-
jo,
Ministro de Justicia
y
encargado de
la
Cartera de Relaciones
Exteriores, debidaniente autorizado pur el Poder Ejecutivo de la
Repcblica Dominicana.
Visto
el
informe de
la
Comisi6n
de
Haci,e:ida del Congreso
Sacional sobre la Memoria del ciudadano Ministro de Hacienda,
presentado durante el period0 constitucional del Presidente
Mo-
rales
L.,
documento por el cL1al es rcchazado el
ya
dicho Proto-
col~ Italiano.
Visto
y
examinado el Convenio denominado Protocolo Ita-
liano de fecha
4
dr
Julio
de
1902,
amplizdo en fecha
l
de
RIa-
JO
de
1904.
nos
ocupa
puede causar efeclos legales
si
no
ha
siuo ratificado
conforme
a
10s preceptos constituciondes
;
Considerando
:
Quc
a1
Congreso
Naeional CorrCs~Ioild~, se-
p'~n
precepttia el articulo
25
de
nuestra Constitnci6n politicn, lz,
facultad de zprobar
6
desaprobar 10s contratos 6 concesiones,
como lo
es
el Protocolo Italiano, en el
que
SE
estipuls para
el
pa-
go de pretendidas acreencias un
5%
sobre
el rendimicnto fiscal
de
la Itep~iblica;
Considerando
:
Que el principio de indemnizacion
6
nacio-
iiale;
6
cxtranjeros en cas0
de
guerra
civil
y
por
10s
dafioa su-
Eridos,
no
es admitido
poi-
iiinguna naci6n; siendo por el con-
trario, debcr de las Naciones, contribuir
ri
la repsraeih del
c?:uk~
nor
mcdio de subsidios espontaneos
:
Cansiderando
:
Que niagbn instrumento de la especie del que
*
326
COLECCION
DE
LEYES, DECRETOS
&-
1907
-
-
-_
___
_-
-
-
-
.-.
______
Considerando: Que es una flagrante negaci6n
6
10s
prin-
cipios del Derecho Intei-nacional Privado
y
del Derecho Piiblico
Externo,
asi
como
un atentado
6
la
autoridad de la Suprema
Cork
de
Justicia
y
6
la Independencia
y
soberania de la
RepB-
blica DUominicancL, ia pretendida acreencia contra el Estado del
sefior Francisco Salvuccio, la cual figura en el Protocolo
Ita-
liano bajo
la
sums de diez mil peso’s oro,
RESUELVE
:
AX19
Desaprobar el rontrato denominado Protocolo
Itatlia-
no de fecha
4
de Julio de
1903,
ampliado el
19
dle
Mayo
de
1304,
convenido entre el
seiior
Cav. Oreste Savina, Ministro Residen-
te
de
su Majestad el
Rey
de
Italia,
dfe
una
part?,
y
de
la otra,
el
sefior
Juan Elias
Moscoso
hijo,
Ministro de
diisticin
encarga-
do de
la
Cartera
de
Rclaeiones Extcriorcs, dcbidamente autori-
zado
por
el
Poder Ejecutivo,
y
por
ei
cual
conlr.ato
>e
obliga
el
Gobierno Dominican0
a1
pago
de
!a
SUMS
de
ciercfo
:;cCcntl:orl.w
mil
seiscientos
dcce
pesos
om,
selentiocho
centavos,
por
concep-
to
de
“indennizaciones,
dafios
y
perjuicios,
crdditos
vericidos
etc..
etc.”
a
siibditos
de
Su
NajPstad
el
Rey
de Italia.
Art.
2‘)
La
d9saprobact6n del presente contrnts no implica
que el
Ejecutivo
no
time
capacidad para celehrm
un
nuwo
tm-
tado
con
10s que
tengan
axeencitlsl justificadas
y
cornprobadas.
S
Enviese a1 Poder
Ejecutivo
pars
10s
fines constitucloaaies.
Dada en
el
Palacio
del
Congreso,
B
!os
19
dias
dd
mes
de
Junio
de
1906:
aiic
63
d?
la Indqvxdeiieia
y
43
de
la.
Restau-
racicin.
El
Presideiite
:
A.
Arredoildo
;\fiura.--Los
Szcretario~
:--
Florencio Santiago.-Armando Victoria.
Ejedtese,
comuniquesc por la Secreta
ria
d-?
Estado
corres-
pondiente, publichdose en
todo
el tprrilorio de la Republica pa-
ra
su cumplimientc.
Dada
e3
d
Palacio Nacional de Santo Domingd, Capital de
la
Repcblica, 1r:s
14
&as del mes
de
Marzo
de
1907;
afio
64
de la Independencia
y
44
de
la
Restauracibn.
El Presidente
de
la
Reptiblica,
R.
CACERES.
Refrendada
:
El Ministro
de
R,elaciones
Exteriores:-
E.
Tejera,
I
.-
ucI*uII*_.-

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