Resolución Nº SIE-79-2004 de Superintendencia de Electricidad, 2004

Número de resolución SIE-79-2004
MateriaTarifa
S
SUPERINTENDENCIF
PE
SLEcCTRIGPAD
“Garantia
de
Todos”
“ANO
NACIONAL
DE LA
SEGURIDAD
SOCIAL”
RESOLUCION
SIE
-
79-
2004
CONSIDERANDO:
Que
de
conformidad
con
la
Ley
General
de
Electricidad
No.
125-01
de
fecha
veintiséis
(26)
de
julio
del
afio
2001,
corresponde
a
ia
Superintendencia
de
Electricidad,
establecer
las
Tarifas
y
Peajes
sujetos
a
regulacién
de
precios.
CONSIDERANDO:
Que
mediante
Ia
Resoiucién
SIE-31-2002
dei
17
de
septiembre
de
2002,
en
sus
articulos
1
al
4
la
Superintendencia
establecié
un
periodo
de
transicion
para
ia
fijaci6n
de
los
cargos
tarifarios
comprendido
entre
el
tro.
de
octubre
del
2002
y
la
entrada
en
vigencia
de
la
tarifa
técnica.
CONSIDERANDO:
Asimismo
la
citada
Resolucién
SIE-31-2002
del
17
de
septiembre
de
2002,
en
su
articulo
5,
establece
las
variables
y
las
formulas
de
indexacién
a
ser
consideradas
para
el
calculo
de
la
tarifa
de
facturaci6n
de
cada
mes,
durante
el
aludido
periodo
de
transici6n.
CONSIDERANDO:
Que
la
Resolucién
SIE-62-2002
del
18
de
diciembre
de
2002,
establecié
las
variables
y
las
formulas
de
indexacién
a
ser
consideradas
para
el
calculo
de
la
tarifa
para
los
Sistemas
Aisiados
para
el
periodo
comprendido
entre
el
1
de
enero
de
2003
y
la
entrada
en
vigencia
de
la
tarifa
técnica.
CONSIDERANDO:
Que
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
articulo
8
del
Decreto
numero
302,
del
31
de
marzo
de
2003,
consigna:
“Una
vez
se
inicie
ja
reduccién
de
fa
tanfa
por
efecto
de
ja
variacién
de
los
precios
de
ios
hidrocarburos
o
la
variacién
de
la
tasa
de
cambio,
la
Superintendencia
de
Electricidad
no
aplicara
la
totalidad
del
ajusie
hacia
la
disminucién
de
Ia
tarifa,
creando
asi
un
fondo
cada
mes
hasta
compensar
la
totalidad
aportada
con
anterioridad
por
este
Fondo
de
Estabilizacion
de
la
Tarifa
Eléctrica’.
VISTOS,
La
Ley
General
de
Electricidad
No.
125-01,
las
Resoluciones
SIE
31-
2002,
SIE-62-2002
y
SIE-58-2003,
el
acta
del
Consejo
de
fecha
veintidés
22)
de
septiembre
de
2003,
.
La
Superintendencia
de
Electricidad,
(SIE),
por
érgano
de
su
autoridad
éjecutiva
maxima,
el
Presidente
del
Consejo
en
funciones
de
Superintendente
de
Electricidad,
en
ejercicio
éste
ultimo
de
ias
facultades
legales
que
le
confiere
el
literal
k)
det
articulo
36 de
la
Ley
General
de
Electricidad
125-01
de
fécha
26
de
julio
de
2001,
y
en
cumplimiento
de
la
decisién
adopiada
en
ei
Acta
de
Consejo

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