Resolución No. 112-12 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2012
| Número de radicado | 112-12 |
| Año | 2012 |
| Fecha de publicación | 09 Agosto 2012 |
| Emisor | Consejo Directivo |
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 112-12
QUE DISPONE LA CELEBRACIÓN DE UNA SEGUNDA CONSULTA PÚBLICA PARA DICTAR EL
“REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR” DEL INSTITUTO
DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL).
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de Telecomunicaciones, No.
153-98, publicada en la Gaceta Oficial No. 9983, reunido válidamente previa convocatoria, dicta la
siguiente RESOLUCION:
Con motivo de la celebración de una segunda consulta pública para dictar el “REGLAMENTO DE
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR" delINSTITUTO DOMINICANO DE LAS
TELECOMUNICACIONES”, conforme a las disposiciones de la nueva Constitución Política de la
República Dominicana.
Antecedentes.-
1. El artículo 78 de la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98, pone a cargo del INDOTEL,
en su calidad de órgano regulador de las telecomunicaciones en la República Dominicana, la
función de aplicar el régimen sancionador ante la comisión de las faltas administrativas previstas en
la indicada ley y sus reglamentos;
2. La indicada Ley General de Telecomunicaciones establece, en su Capítulo XIII, que comprende los
artículos 103 al 114 de la misma, las disposiciones relativas a las “Faltas y Sanciones” susceptibles
de aplicación a los sujetos responsables de las faltas.
3. Que este órgano regulador ha instruido y decidido varios procesos sancionadores administrativos,
acogiéndose a los principios legales y constitucionales aplicables en la materia, pero sin que
existiera un procedimiento formalmente establecido.
4. En tal sentido, en fecha 27 de julio del año 2009, el Consejo Directivo del INDOTELdictó la
Resolución No. 063-09, “Que dispone el inicio de proceso de consulta pública para dictar el
¨Reglamento de Procedimiento Sancionador Administrativo” del Instituto Dominicano de las
Telecomunicaciones”;
5. En el mes de octubre de 2009, se reciben comentarios de las empresas de telecomunicaciones
respecto de dicho proyecto y el día 1º de febrero de 2010, el INDOTEL envía a las prestadoras
interesadas la versión modificada de dicha propuesta, solicitándoles depositar sus réplicas a dichos
comentarios.
6. El día 8 de marzo de 2010, se celebró la audiencia públicatendente a conocer los comentarios y
observaciones que tenían las prestadoras interesadas respecto de dicho proyecto de
reglamentado.
7. En paralelo con esta propuesta de reglamentación, se estaban sucediendo cambios en el ámbito
legislativo, tal es el caso de la proclamación de la Constitución Política de la República Dominicana
2
de fecha 26 de enero de 2010 y publicada en la Gaceta Oficial No. 10561, que introdujo un nuevo
ordenamiento jurídico sustantivo;
8. Adicionalmente se tuvo en cuenta que existe un “Proyecto de Ley de Derecho de las Personas en
sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo” que actualmente cursa en
el Senado de la República Dominicana, que tiene por objeto “regular los derechos y deberes de las
personas en sus relaciones con la Administración Pública, los principios que sirven de sustento a
esas relaciones, las normas de procedimiento administrativo para el dictado de actos
administrativos, reglamentos y planes, y el régimen de los actos administrativos”y cuyas
disposiciones deben ser tomadas de referencia aun no se haya promulgado;
9. Del mismo modo, el proyecto de reglamento debía tener en cuenta no solo las demás piezas
reglamentarias aprobadas por el órgano regulador, habida cuenta del carácter transversal que tiene
un reglamento de la potestad sancionadora del órgano regulador, sino además otras propuestas
que se estaban gestando para la época en que se pensaba adoptar este reglamento, tal el caso del
Reglamento de Solución de Controversias y las modificaciones introducidas al Reglamento General
de Interconexión y otras propuestas previas que establecen procedimientos para determinados
procesos;
10. Por tanto, han surgido nuevas disposiciones que modifican el proyecto que salió a consulta pública
a través de la Resolución No. 063-09 y que, por tanto, motiva que se realice una revisión integral
del Reglamento de Procedimiento Sancionador Administrativo para adecuarlo al nuevo
ordenamiento jurídico sustantivo;
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DOMINICANO DE LAS
TELECOMUNICACIONES (INDOTEL), DESPUÉS DE HABER
ESTUDIADO Y DELIBERADO SOBRE EL CASO:
CONSIDERANDO:Que el INDOTEL, como órgano regulador de las telecomunicaciones en el país,
debe promover y preservar la estabilidad del sector, haciendo cumplir las obligaciones de las
concesionarias y promoviendo un comportamiento responsable de los operadores del mercado frente a
los usuarios y entre ellas como competidoras o participantes del sector;
CONSIDERANDO: Que la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98, prescribe un régimen
sancionador administrativo, a fin de hacer cumplir las disposiciones establecidas en la Ley y en
resguardo de los principios que la sustentan; que, a tal efecto, el capítulo XIII de la Ley establece los
sujetos responsables por las faltas administrativas, la clasificación y tipificación de las mismas, las
sanciones que conllevan y las medidas precautorias o correctivas que pueden dictarse en el curso de
un proceso sancionador;
CONSIDERANDO: Que la potestad sancionadora es una atribución propia de la Administración que
abre la acción punitiva de la misma, traduciéndose en la posibilidad jurídica de imponer sanciones a
los administrados, todo dentro del marco de su competencia
1
;
CONSIDERANDO:Que el ejercicio de la potestad sancionadora debe resultar siempre del
agotamiento de un procedimiento administrativo en el cual se garanticen la aplicación de los principios
inspiradores del procedimiento administrativo, respetando el debido proceso y auxiliándose de manera
1
OSSA ARBELÁEZ, Jaime, Derecho Administrativo Sancionador. Hacia una Teoría General y una Aproximación para su
Autonomía, Legis Editores, S.A.: Colombia, 2000, p. 126
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