Resolución No. DE-125-07 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2007

Número de radicado125-07
Año2007
Fecha de publicación21 Diciembre 2007
EmisorDirección Ejecutiva
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. DE-125-07
QUE EMITE EL DICTAMEN RELATIVO AL CONTRATO DE INTERCONEXIÓN Y LAS
ADDENDA AL REFERIDO CONTRATO, SUSCRITOS ENTRE LAS CONCESIONARIAS
COMPAÑÍA DOMINICANA DE TELÉFONOS, C. POR A. y ONEMAX, S. A. EN FECHA 29 DE
OCTUBRE DE 2007.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Director
Ejecutivo, actuando previa encomienda del Consejo Directivo otorgada en su sesión de fecha
15 de noviembre de 2007, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley General
de Telecomunicaciones, No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, publicada en la Gaceta
Oficial No. 9983, dicta la siguiente RESOLUCION:
Con motivo de la revisión del Contrato de Interconexión y las Addenda al referido Contrato,
suscritos por las concesionarias COMPAÑÍA DOMINICANA DE TELÉFONOS, C. POR A. y
ONEMAX, S. A.
I. Antecedentes.
1. En fecha 29 de octubre de 2007, las concesionarias de servicios de telecomunicaciones
COMPAÑÍA DOMINICANA DE TELÉFONOS, C. POR A. (en lo adelante, “CODETEL”) y
ONEMAX, S. A. (en lo adelante, ONEMAX”), suscribieron entre ellas un Contrato de
Interconexión (en lo adelante, "Contrato”), con el objeto de regular el intercambio de tráfico
entre sus respectivas redes, así como las condiciones técnicas, económicas y financieras bajo
las cuales se regiría dicha relación comercial;
2. También en fecha 29 de octubre de 2007, la COMPAÑÍA DOMINICANA DE TELÉFONOS,
C. POR A. y ONEMAX, S. A. suscribieron dos (2) addenda al Contrato de Interconexión
celebrado por ambas partes, con modificaciones al mismo;
3. Mediante carta de fecha 6 de noviembre de 2007, recibida en el INDOTEL el 7 de
noviembre del mismo año, los señores Robinson Peña Mieses y Estíbaliz Diez Cueli, en sus
condiciones de Directores Legales y Regulatorios de las empresas involucradas, depositaron
una copia del Contrato, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98 (“Ley”) y el artículo 24 del Reglament o General de
Interconexión de Redes de Servicios Públicos de Telecomunicaciones (“Reglamento”);
4. El 13 de noviembre de 2007, fue publicado en la página 17 de la sec ción “País” del periódico
“El Caribe”, en cumplimiento con las disposiciones de los artículos 57 de la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98 y 24 del Reglamento General de Interconexión para las Redes
de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, el extracto contentivo de los aspec tos
sustanciales del cont rato sus crito entre CODETEL y ONEMAX, consistentes en el pago
recíproco de los siguientes cargos de interconexión:
Tráfico Local: US$0.02
Tráfico Transporte Nacional: US$0.01
Tráfico Nacional: US$0.03

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