Resolución núm.748-2009, que declara suspendidas, sin prestación de garantía, la ejecución de las sentencias impugnadas mediante los recursos de casación en materia civil, que se detallan en la misma. Formato modelo para las demás jurisdicciones, previstas en las disposiciones del Art. 12, de la Ley núm. 491-08, que modifica la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación, del 26 de marzo de 2009.
Jurisdicción | República Dominicana |
Fecha de la decisión | 26 Marzo 2009 |
Número de expediente | 748-2009 |
Año | 2009 |
REPUBLICA DOMINICANA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom.
Tel.: (809) 533-3191• Dirección deInternet: http://www.suprema.gov.do• e-mail: suprema.corte@codetel.net.do
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Resolución núm.748-09, del 26 de marzo de 2009, que declara suspendidas, sin
prestación de garantía, la ejecución de las sentencias impugnadas mediante los
recursos de casación en materia civil, que se detallan en la misma. Formato
modelo para las demás jurisdicciones, previstas en las disposiciones del Art. 12,
de la Ley No. 491-08, que modifica la Ley No. 3726 del, sobre Procedimiento de
Casación.
Dios, Patria y Libertad
República Dominicana
En nombre de la República, la Suprema Corte de Justicia, dicta en
Cámara de Consejo, la siguiente Resolución;
Vistola Instancia del 25 de agostodel 2008 dirigida a la Suprema
Corte de Justicia, suscrita por los Licdos. José Manuel Sánchez y José
Miguel Heredia, a nombre y representación de la parte recurrente
Banco Múltiple León, S.A., notificada a la parte recurrida Rocío
Mirulqui Rijo Rijo, en la cual se solicita la suspensión de la ejecución
de la sentencia dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial deSan Pedro de Macorís, el14 de
agosto de2008, la cual ha sido recurrida en casación;
Visto el escrito del recurrido defecha1ro. de septiembre de 2008 suscrito
por las Dras. Jocasta Elizabeth Gil Reyes y María Guerrero Cedano y el Lic.
Roberto Enrique Ramírez Moreno,actuando a nombre y representación de
Rocío Mirulqui Rijo Rijo, contestando el escrito de suspensión;
Vistola Instancia del 23 de julio del 2008 dirigida a la Suprema Corte de
Justicia, suscrita por los Licdos. Pompilio Ulloa Arias, Paola Sánchez Ramos y
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