La responsabilidad civil extracontractual I de III

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La responsabilidad civil extracontractual (I de III)

Mónika Infante

De manera general, un enfoque económico de la responsabilidad civil por daños tendrá como objetivo minimizar el costo de los accidentes. Esto se logra asignando los costos de los accidentes que resultan en un daño a las personas o a las propiedades, a la parte o partes que están en mejor posición para evitar o minimizar las pérdidas.

En teoría esa persona decidirá si los beneficios de la actividad superan los costos que la misma genera.

En este documento se enfocarán las consideraciones más importantes de los autores de Análisis Económico del Derecho sobre lo que es el enfoque económico del derecho de responsabilidad civil por daños.

¿Qué es el Derecho de Responsabilidad Civil extracontracTual por daños?

Las leyes establecen ciertas condiciones en las cuales una persona tiene derecho a compensación cuando su reclamación no está fundamentada en una obligación contractual.

Estos daños resultan de la pérdida o deterioro de la propiedad, salud, la vida, así como de la vulneración de derechos y de pérdidas financieras o no financieras.

Desde el punto de vista de la economía, la reducción de la utilidad de un individuo causada por un acto culposo puede ser vista como un daño. Las reglas de la responsabilidad civil por daños tienen como objetivo trazar una línea entre aquellos eventos perjudiciales que deben generar compensación y otros en los cuales el daño debe ser asumido por quien lo sufre.

En los países de tradición consuetudinaria el derecho de responsabilidad civil por daños se ha desarrollado partiendo de una serie de doctrinas dispersas relacionadas con violación a la propiedad, molestias, difamación, negligencia, engaño, y otras normas provenientes de los precedentes judiciales.

En el continente europeo existió un enfoque más sistemático y racional en la formulación de los conceptos básicos de la responsabilidad civil. Esto permitió la formulación de principios abstractos y flexibles que fueron integrados en los códigos, en particular el Código Civil francés: Artículo 1382: Cualquier hecho del hombre que causa a otro un daño, obliga a aquel por causa de quien sucedió a repararlo.

Artículo 1383: Cada cual es responsable del perjuicio que ha causado, no solamente por el hecho suyo, sino también por su negligencia o imprudencia.

De manera similar, se formularon reglas generales en los códigos civiles de otros países continentales. Estas trataron de sistematizar y...

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