El secreto industrial como herramienta de protección en la innovación

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"El secreto industrial como herramienta de protección en la innovación"

Angeanette Tejeda García

Consultora senior del Departamento de Propiedad Intelectual de OMG.

a.tejeda@omg.com.do

Resumen: La innovación, dependiendo de su naturaleza, puede ser objeto de diversas modalidades de protección por vía de la propiedad industrial. Según el intangible obtenido por la creación del intelecto humano, puede ser, además, protegida bajo la modalidad del secreto industrial en tanto herramienta que confiere ventajas competitivas, sobre todo en la etapa preliminar de investigación y desarrollo de implementación de la innovación.

Palabras claves: Innovación, competitividad, secreto industrial, propiedad intelectual, protección.

INNOVACIÓN: CONCEPTO Y TIPOS

En la actualidad vivimos la era de la información en un mercado globalizado en el que la gestión del conocimiento juega un rol activo para el éxito comercial de las empresas, las que a su vez día a día se preocupan por posicionarse, ya sea apelando a estrategias de negocios o, dependiendo el tipo de industria, invirtiendo cada vez más en acceso a nuevas tecnologías, adquiriendo dichas tecnologías o destinando recursos a investigación y desarrollo, entre otras herramientas de posicionamiento, con el fin de poder generar competitividad y al mismo tiempo garantizar su sostenibilidad ante un mundo cambiante y un dinamismo acelerado en el mercado.

Esta búsqueda, motivada por el deseo de ir adaptándose a los nuevos tiempos, genera un esfuerzo en cuanto a idear e identificar un problema actual para el desempeño de un negocio y posibles mecanismos novedosos para resolverlo, lo mismo que el empeño de evolucionar con los cambios en el mercado y, en consecuencia, lograr una ventaja competitiva. Todo esto motiva la generación de iniciativas que se traducen en la producción de bienes intangibles derivados de las creaciones del intelecto humano, a los cuales se les confiere protección por vía de la propiedad intelectual.

Es importante señalar que la propiedad intelectual se concibe como una división bipartita entre propiedad industrial y derecho de autor. Además, existe una parte de la doctrina en esta materia que a su vez establece una división tripartita en la que se considera a la competencia desleal como un tercer apartado de esta rama que protege a los activos intangibles.

De las consideraciones anteriores resulta de suma importancia para los titulares de derechos susceptibles de ser protegidos por propiedad intelectual —como resultado de las actividades que hayan venido desarrollando con miras a obtener una innovación de cualquier tipo— tomar en cuenta el carácter y la relevancia que pueda surgir por el impacto que puede tener un resultado novedoso para sus productos o servicios mediante la obtención de factores que incidan en el mejoramiento de la calidad de estos y el posicionamiento de la empresa, lo cual, además, conllevaría el desarrollo y establecimiento de políticas claras a nivel corporativo que favorezcan la innovación.

Por otro lado, la innovación se considera como:

La concepción e implantación de cambios significativos en el producto, el proceso, el marketing o la organización de la empresa con el propósito de mejorar los resultados. Los cambios innovadores se realizan mediante la aplicación de nuevos conocimientos y tecnología que pueden ser desarrollados internamente, en colaboración externa o adquiridos mediante servicios de asesoramiento o por compra de tecnología .

Asimismo, los autores Bierly y Chakrabarti afirman que "la capacidad de obtener conocimiento y generar innovación puede ser considerada una forma de obtención de resultados superiores sostenibles" .

La innovación, en este sentido, no se limita a la obtención de una novedad, sino que más bien apela a la aplicación óptima que se le pueda dar a esta, generando beneficios y ventajas competitivas para su detentador. Por lo tanto debe ser debidamente probada la obtención de resultados efectivos a través de un concepto novedoso materializado. Por esto, un debido ejercicio de definición de políticas y de resolución de problemas internos trae consigo que surja la necesidad de crear opciones de potenciar el rendimiento de una empresa de una manera u otra.

A su vez, la doctrina establece varios tipos de innovación, lo cual conllevaría un análisis más profundo y explicativo como objeto exclusivo de análisis en un trabajo distinto al presente. Sin embargo, mencionaremos algunos tipos referentes a la innovación, como son la innovación de productos, la innovación de procesos, la innovación de marketing y la innovación en organización.

Las innovaciones de productos y procesos, por ejemplo, pueden ser inmediatamente relacionadas a la propiedad industrial porque su protección pudiera recaer sobre intangibles a los que sean aplicables estos mecanismos de protección.

La Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial de la República Dominicana, de fecha 8 de mayo de 2000 (en lo adelante "Ley 20-00"), establece en su artículo 1 lo que constituye una invención susceptible de ser patentable:

Artículo 1.- Definición de invención. Se entiende por invención toda idea, creación del intelecto humano capaz de ser...

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