Sentencia nº 929 de 1ª Sala de la Camara Penal, 10 de Octubre de 2003
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2003 |
Emisor | Primera Sala de la Camara Penal |
FECHA 10/10/2003
MATERIA CRIMINAL
INVOLUCRANTE (S) W.W.D.T.W. DIEZ TAVERAS
ABOGADO (S)
INVOLUCRADO (S)
ABOGADO (S)
República Dominicana
Poder Judicia
P. No. 501-03-00233
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de octubre del año dos mil tres (2003), año 159 de la Independencia y 139 de la Restauración
LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los jueces, D.I.P.C.H., J.P. en funciones; D.M.A.M.M., J.; D.M.A.H.V., J.; Presente la DRA. CRISTIANA CELESTE CABRAL, abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria ad- hoc
Siendo las nueve (9:00) horas de la mañana del día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia pública a fin de conocer el recurso de apelación interpuesto por el nombrado W.W.D.T., en representación de sí mismo, en fecha tres (03) de febrero del 2003; en contra de la sentencia marcada con el número 347-03 de fecha treintiuno (31) de enero del 2003, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta sentencia
OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol
LLAMADO: Al acusado W.W.D.T., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, soltero, no porta cédula de identidad, chiripero, domiciliado y residente en la calle Circunvalación No. 8 del sector Los Ríos, República Dominicana
LLAMADO: A la informante A.J.R.P., de generales de Ley, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0256207-1, quehaceres domésticos, domiciliada y residente en la calle J.E.N. 225, parte atrás del sector Villa Agrícolas, República Dominicana
LLAMADO: Al informante L.T.P., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0958049-8, quehaceres domésticos, domiciliado y residente en la avenida Circunvalación No. 50 del sector Los Ríos, República Dominicana
OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa a los fines de que vierta sus calidades
OIDO: Al LIC. R.D.C., abogado constituido, quien actúa en nombre y representación del nombrado W.W.D.T. a los fines de asistirlo en sus medios de defensa
OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público para que apodere a la Corte del expediente de que se trata
OIDO: A la DRA. CRISTIANA CELESTE CABRAL, abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente
OIDO: A.M.J.P. ordenar el llamado de los militares actuantes, los cuales no estuvieron presentes en la sala de audiencias
OIDO: A.M.J.P., manifestar a las partes si existe alguna oposición o pedimento previo al conocimiento del presente proceso
OIDO: A las partes manifestar a la Corte que no tienen oposición al conocimiento del presente proceso
OIDO: A.M.J.P., ordenar por secretaría la lectura de la sentencia de fecha treintiuno (31) de enero del 2003, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y al recurso de apelación interpuesto por el nombrado W.W.D.T., en representación de sí mismo, en fecha tres (03) de febrero del 2003
OIDO: A la informante A.J.R.P. en sus declaraciones ofrecidas a la Corte
OIDO: Al informante L.T. PEÑA en sus declaraciones ofrecidas a la Corte
OIDO: A.M.J.P., ordenar por secretaría la lectura del acta de allanamiento y al certificado de análisis químico forense
OIDO: Al acusado W.W.D.T. en sus declaraciones ofrecidas a la Corte
VISTAS: Las piezas y documentos que obran en el expediente
OIDO: A.M.J.P. cerrar la instrucción del proceso, abrir los debates y ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público a los fines de que pronuncie su dictamen
OIDO: A la DRA. CRISTIANA CELESTE CABRAL, abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, en sus motivos y dictamen el cual finaliza de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se declare bueno y válido en cuanto a la forma el presente recurso de apelación por haber sido hecho en tiempo hábil y conforme a la ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo, que esta honorable Corte tenga a bien confirmar la sentencia recurrida por ser justa y reposar sobre base legal; TERCERO: Que sea condenado al pago de las costas"
OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa a los fines de que pronuncie sus alegatos y posteriores conclusiones
OIDO: Al LIC. R.D.C., abogado constituido de la defensa, en sus motivos y conclusiones, las cuales finalizan de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se acoja como bueno y válido en cuanto a la forma el recurso de apelación por haber sido hecho en tiempo hábil y conforme a la ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo, que se revoque la sentencia evacuada por el tribunal de primera instancia; TERCERO: Que se declare no culpable al acusado W.W.D.T., por insuficiencia de pruebas, ya que dichas pruebas han resultado confusas e insuficientes para este honorable tribunal; CUARTO: Que se ordene su inmediata puesta en libertad por no ser culpables de los hechos imputados; QUINTO: Que las costas sean declaradas de oficio"
LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DEL DISTRITO NACIONAL
CONSIDERANDO: Que esta Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, ha sido apoderada del recurso de apelación interpuesto por el nombrado W.W.D.T., actuando a nombre y representación de sí...
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