Sentencia nº 980 de 1ª Sala de la Camara Penal, 6 de Noviembre de 2003

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2003
EmisorPrimera Sala de la Camara Penal

FECHA 6/11/2003

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) J.M.C., PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO NACIONAL, J.R.P.Y.J.C.M.C.

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República Dominicana

Poder Judicia

P. No. 501-03-00291

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (06) días del mes de noviembre del año dos mil tres (2003), año 159 de la Independencia y 139 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los jueces, D.I.P.C.H., J.P. en funciones; D.M.A.M.M., J.; D.M.A.H.V., J.; Presente la DRA. J.R.D.F., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria ad- hoc

Siendo las nueve (9:00) horas de la mañana del día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia pública a fin de conocer los recursos de apelación interpuestos por: a) el nombrado J.M.C., en representación de sí mismo, en fecha veinticinco (25) de marzo del 2003; b) la DRA. R.N., abogada ayudante del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, a nombre y representación de su titular, en fecha veintiocho (28) de marzo del 2003; c) el LIC. A.P., en representación de la parte civil constituida, señores J.R.P. y J.C., en fecha veintisiete (27) de marzo del 2003; todos en contra de la sentencia marcada con el número 2215 de fecha veinticuatro (24) de marzo del 2003, dictada por la Séptima Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta sentencia

OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol

LLAMADO: Al acusado J.M.C., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0285485-8, ebanistería y electricidad, domiciliado y residente en la calle F.V.E. No. 123 del sector V.J., República Dominicana

LLAMADO: Al informante J.R.P., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 056-0002516-6, herrero, domiciliado y residente en la calle O.G. de la Concha No. 91 del sector V.J., República Dominicana

LLAMADO: Al testigo C.F.C.L., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1780492-2, estudiante, domiciliado y residente en la calle A.L.N. 122 del sector V.J., República Dominicana

LLAMADO: Al informante K.R.H.A., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1642104-1, estudiante, domiciliado y residente en la calle V.D. No. 50, parte atrás del sector V.J., República Dominicana

LLAMADO: Al informante P.T.C., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0286560-7, estudiante, domiciliado y residente en la calle F.V.E. No. 123 del sector V.J., República Dominicana

LLAMADO: A la señora J.A.C., de generales de Ley, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0285486-6, estudiante, domiciliada y residente en la calle F.V.E. No. 123 del sector V.J., República Dominicana

LLAMADO: A la señora J.C., de generales de Ley, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0285473-4, quehaceres domésticos, domiciliada y residente en la calle P.M.B., Edificio II, Apartamento 502 del sector V.J., República Dominicana

LLAMADO: A la señora M.L.C. DE CUELLO, de generales de Ley, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0274433-1, quehaceres domésticos, domiciliada y residente en la calle V.D., Apartamento 202, Edificio 5 del sector V.J., República Dominicana

LLAMADO: A la señora A.C., de generales de Ley, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0285484-1, quehaceres domésticos, domiciliada y residente en la calle F.V.E. No. 123 del sector V.J., República Dominicana

LLAMADO: A la señora A.J.P., de generales de Ley, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0288743-7, farmacéutica, domiciliada y residente en la calle O.G. de la Concha No. 91 del sector V.J., República Dominicana

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la parte civil constituida a los fines de que viertan sus calidades

OIDO: Al DR. ALBERTO ANTONIO PRENSA NUÑEZ, por sí y por el DR. J.A.B. y DR. R.T., abogados constituidos, quienes actúan en nombre y representación de la parte civil constituida, padre del occiso, señor J.P. y a la madre del occiso J.C.

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa a los fines de que vierta sus calidades

OIDO: Al LIC. J.L.P., abogado constituido, quien actúa en nombre y representación del nombrado J.M.C. a los fines de asistirlo en sus medios de defensa, ratificando calidades vertidas en audiencias anteriores

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público para que apodere a la Corte del expediente de que se trata

OIDO: A la DRA. J.R.D.F., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente

OIDO: A.M.J.P., manifestar a las partes si existe alguna oposición o pedimento previo al conocimiento del presente proceso

OIDO: A las partes manifestar a la Corte que no tienen oposición al conocimiento del presente proceso

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la defensa

OIDO: A los abogados de la defensa solicitar a la Corte lo siguiente: "Que se nos dé informe por secretaría si existe alguna notificación del Ministerio Público y la parte civil referente al recurso de apelación"

OIDO: A.M.J.P. manifestarle a los abogados de la defensa que existe notificación del Ministerio Público mediante acto No. 475-03

OIDO: A los abogados de la defensa preguntar a la Corte si está dentro del plazo que establece la ley

OIDO: A.M.J.P. ordenar por secretaría la lectura de la fecha del acto de notificación y de la sentencia

OIDO: A los abogados de la defensa solicitar a la Corte lo siguiente: "PRIMERO: Que se declare inadmisible el recurso de apelación incoado por la parte civil constituida a través de los dignos abogados que los representan y en consecuencia se le condene al pago de las costas; SEGUNDO: Que se declare inadmisible el recurso de apelación incoado por el Ministerio Público por haber sido notificado fuera del plazo que establece la ley, en violación al artículo 286 del Código de Procedimiento Criminal"

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la parte civil constituida

OIDO: Al abogado de la parte civil constituida solicitar a la Corte lo siguiente: "PRIMERO: Al tenor de lo que establece la ley de 1723, que la honorable Corte tenga a bien reservarse el fallo del presente medio de inadmisión como lo establece la ley; SEGUNDO: Que se reservan las costas para ser falladas conjuntamente con el fondo"

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público

OIDO: Al representante del Ministerio Público solicitar a la Corte lo siguiente: "PRIMERO: Que se rechace la solicitud hecha por el abogado de la defensa por improcedente, mal fundada y carente de base legal, toda vez que el inculpado obtuvo conocimiento de causa al momento de interponerse el mismo; SEGUNDO: Que se ordene la continuación de la causa"

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la defensa

OIDO: A los abogados de la defensa solicitar a la Corte lo siguiente: "Que se agregue a nuestras conclusiones que es inadmisible el recurso de apelación del Ministerio Público toda vez que la abogada ayudante no estaba provista de un poder para interponer ese recurso, solo podía hacerlo el titular. Ratificamos nuestras conclusiones"

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la parte civil

OIDO: A los abogados de la parte civil constituida manifestar a la Corte que reiteran sus conclusiones en lo referente a la inadmisión

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público

OIDO: Al representante del Ministerio Público solicitar a la Corte lo siguiente: "Que se rechace por improcedente y carente de base legal el nuevo pedimento de la defensa, toda vez que la abogada ayudante actuó a nombre de su titular"

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la defensa

OIDO: A los abogados de la defensa manifestar a la Corte que ratifica sus conclusiones

LA PRIMERA SALA DE LA CÁMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, SE RETIRA A DELIBERAR

FALLO INCIDENTAL

PRIMERO

Se rechazan las conclusiones de la defensa en cuanto a la inadmisibilidad de los recursos de apelación tanto de la parte civil constituida como del Ministerio Público, por la falta de notificación, toda vez que dicha falta de notificación no produce la nulidad o inadmisibilidad de los recursos, y además consta en el acta levantada por la secretaria, que la abogada ayudante del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional actuó en nombre y representación de su titular

SEGUNDO

Se ordena la continuación del proceso

OIDO: A.M.J.P., ordenar por secretaría la lectura de la sentencia de fecha veinticuatro (24) de marzo del 2003, dictada por la Séptima Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y al recurso de apelación interpuesto por: a) el nombrado J.M.C., en representación de sí mismo, en fecha veinticinco (25) de marzo del 2003; b) la DRA. R.N., abogada ayudante del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, a nombre y representación de su titular, en fecha...

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