Sentencia nº 75 de Camara Civil, 7 de Abril de 2004

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2004
EmisorCamara Civil

FECHA 7/4/2004

MATERIA DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES

INVOLUCRANTE (S) E.A.V.F.

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República Dominicana

En la ciudad d

Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día_7_del mes de_abril_del año dos mil cuatro (2004), años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración

LA CÁMARA CIVIL DE LA CORTE DE APELACIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida en la sala de audiencia, sita en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los señores M.M.A.R.O., P.; M.A.V.G., Primer Sustituto de Presidente; H.A. DE LOS SANTOS, Segundo Sustituto de Presidente; X.A.S.S. y EUNICIS VÁSQUEZ ACOSTA, Juezas Miembros, asistidos del infrascrito S. y del alguacil de estrados de turno, dicta en sus atribuciones civiles y en audiencia pública la sentencia siguiente

SOBRE: el recurso de apelación interpuesto por el señor E.A.V.F., dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0799515-1, domiciliado y residente en la calle L.M.N. 14, Km. 14, Los R., en esta ciudad, quien tiene como abogado constituído y apoderado especial al LICDO. V.B.G., dominicano, mayor de edad, soltero, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0798632-5, con estudio profesional abierto en la calle P.A.L. esquina C. No. 11, segunda planta, sector G., de esta ciudad

CONTRA: la sentencia No.036/01/993, de fecha 16 de abril del año 2001, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, a favor de la señora A.M.G.R., dominicana, mayor de edad, soltera, poseedora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1406245-8, domiciliada y residente en la calle Peña Battle esquina M.G., edificio No. II, apartamento No. 206, T.E., sector V.J., en esta ciudad, quien tiene como abogado constituído y apoderado especial al DR. J.E.D.C., dominicano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral No. 034-0038711-8, con estudio profesional abierto en la calle El Conde No. 105, apartamento No. 403, de esta ciudad

OÍDO: al alguacil de turno en la lectura del rol

RESULTA: que la parte recurrente no estuvo representada en audiencia por sus abogados

OÍDO: al abogado de la parte recurrida concluir in-voce de la manera siguiente: pronunciar el defecto al recurrente por no comparecer; descargo puro y simple; condenar al recurrente al pago de las costas(sic)

AUTOS VISTOS

RESULTA: que con motivo de una demanda en DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES incoada por el señor E.A.V.F. contra la señora A.M.G.R., la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Tercera Sala, dictó en fecha 16 de abril del año 2001, la sentencia No. 036/01/993, cuyo dispositivo es el siguiente

"FALLA: PRIMERO: ACOGE las conclusiones presentadas en audiencia por el cónyuge demandante señor E.A.V.F., por ser justas y reposar sobre prueba legal, y en consecuencia admite el Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres entre dichos cónyuges E.A.V.F. y A.M.G.R.; SEGUNDO: ORDENA que el menor OMAR EDUARDO, permanezca bajo la guarda y custodia de la madre A.M.G.R.; TERCERO: FIJAR en la suma de Mil Quinientos Pesos Oro Dominicanos (RD$1,500.00) la pensión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR