Sentencia nº 262 de de la Camara Penal, 16 de Octubre de 2003
Fecha de Resolución | 16 de Octubre de 2003 |
Emisor | de la Camara Penal |
FECHA 16/10/2003
MATERIA CRIMINAL
INVOLUCRANTE (S) JORGE VARGAS ENCARNACIÓN
ABOGADO (S)
INVOLUCRADO (S)
ABOGADO (S)
República DominicanaPoder Judicial
olución No. 262-LCPS-2003
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
En la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República a los dieciséis (16) días del mes de octubre año dos mil tres (2003). Año 159 de la Independencia y 140' de la Restauración
SALA DE LA CÁMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida, EN CAMARA DE CONSEJO, compuesta por los Magistrados
MIRIAM C. GERMAN BRITO Juez Presidente
NESTOR DIAZ FERNANDEZ Juez
MODESTO ANT. MARTINEZ MEJIA Juez
MANUEL A. HERNANDEZ VICTORIA Juez
Asistidos de la infrascrita Secretaria dicta, en sus atribuciones ADMINISTRATIVAS, RESOLUCIÓN SIGUIENTE
SOBRE: El procedimiento de Libertad Condicional del recluso J.V.E. quien se encuentra preso en la cárcel pública de la Penitenciaria de la Victoria; provincia S.D.; cumpliendo condena de esta Corte de Apelación por el crimen de violación a la Ley 50-88 (Sobre Drogas y Sustancias de la República Dominicana)
VISTA: La solicitud de Libertad Condicional del recluso J.V.E.
VISTOS :Los documentos anexos
VISTO: El dictamen del Magistrado Procurador General de esta Corte, DR. R.M.G., que termina del modo siguiente: "SOMOS DE OPINION": QUE NO PROCEDE OTORGAR LA LIBERTAD CONDICIONAL, al nombrado V. ENCARNACION
LA CORTE, DESPUES DE HABER DELIBERADO
ATENDIDO: Que la Libertad Condicional podrá ser solicitada por el interesado, o por otra persona provista de un poder o mandato especial al efecto, a la cual se anexará un certificado expedido por el Alcaide director del establecimiento penal correspondiente, o quien haga sus veces, en la cual consta que se han reunido los requisitos indicados por los artículos 1,2,3, 4, 5 y siguientes de la Ley No. 164, de fecha 29 de octubre de 1980
ATENDIDO: Que en el presente caso procede declarar inadmisible la solicitud de Condicional al recluso J.V.E.; en razón de la ley No. 50-00 (sobre Drogas y Sustancias Controladas en la República Dominicana) prohíbe...
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