Sentencia nº 2859 de Cámara Penal, 25 de Octubre de 2003

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2003
EmisorCámara Penal

FECHA 25/10/2003

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) VLADIMIR DE J.W., A.D.J.R. TORRES Y C.M.P.V.D.J.W., A.D.J.R. TORRES Y C.M.P.V.

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

No. 318-2003

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

LA CAMARA DE CALIFICACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida por los Magistrados: DR. I.P.C.H., Juez de la Corte, P.; D.A.O.S.M., Juez de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; D.R.A.P.P., Juez de la Décima Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; asistidos de la infrascrita Secretaria

VISTAS y examinadas todas las piezas que forman el proceso No. 318/2003 a cargo de los nombrados A.D.J.R. TORRES, C.M.P.V. y VLADIMIR DE J.B.W., inculpados del crimen de violación a los artículos 147, 148, 265 y 266 del Código Penal; 66 letra e) de la Ley No. 2859 sobre Cheques

VISTOS: Los recursos de apelación interpuestos por: a) el DR. N.C., en nombre y representación del nombrado V.D.J.W., en fecha veinticinco (25) de julio del año 2003; b) la LIC. VENITA VIDAL CONSARO, en nombre y representación del nombrado A.D.J.R.T., en fecha treinta y uno (31) de julio del año 2003; c) el LIC. F.D.V.N., en nombre y representación del nombrado C.M.P.V., en fecha cuatro (04) de agosto del año 2003 y d) el LIC. M.R.V., en nombre y representación del nombrado A.D.J.R. TORRES, en fecha doce (12) de agosto del año 2003

VISTO: El auto de requerimiento y dictamen del Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, de fecha 1ro de septiembre del 2003, en el cual requiere a la Cámara de Calificación confirmar la presente Providencia Calificativa

VISTO: El auto dictado por el Juez Presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional en fecha 17 de octubre del 2003, convocando la Cámara de Calificación para el día 25 de octubre del 2003, conformada por los M.I.P.C.H., Juez de la Corte, quien la presidirá; D.A.O.S.M., Juez de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; D.R.A.P.P., Juez de la Décima Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembros; F.D.B.D.M., como Secretaria de la Cámara de Calificación del Distrito Nacional y LIC. K.S.P.S., como Encargada de la Cámara de Calificación del Distrito Nacional

CONSIDERANDO: Que el Juez de Instrucción realizó todos los actos de procedimiento de manera regular

CONSIDERANDO: Que procede declarar buenas y válidas, acogiéndolas para el presente...

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