Sentencia nº 14 de Cámara Penal, 25 de Octubre de 2003
Fecha de Resolución | 25 de Octubre de 2003 |
Emisor | Cámara Penal |
FECHA 25/10/2003
MATERIA CRIMINAL
INVOLUCRANTE (S) RIGOBERTO PEÑA GARCÍARIGOBERTO PEÑA GARCÍA
ABOGADO (S)
INVOLUCRADO (S)
ABOGADO (S)
República DominicanaPoder Judicial
No. 332-2003
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
LA CAMARA DE CALIFICACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida por los Magistrados: DR. P.A.S.R., Juez de la Corte, P.; D.L.J.R., Juez de la Tercera Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; DRA. R.R.L., Juez de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; asistidos de la infrascrita Secretaria
VISTAS y examinadas todas las piezas que forman el proceso No. 332/2003 a cargo del nombrado R.P.G., inculpado del crimen de violación a los artículos 330, 332 párrafo I, 333 del Código Penal; y 126 de la Ley No. 14-94, Código para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes
VISTO: El recurso de apelación interpuesto por la LIC. P.A.Z.O., actuando en nombre y representación del nombrado R.P.G., en fecha quince (15) de agosto del año 2003
VISTO: El auto de requerimiento y dictamen del Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, de fecha 25 de septiembre del 2003, en el cual requiere a la Cámara de Calificación confirmar la presente Providencia Calificativa
VISTO: El auto dictado por el Juez Presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional en fecha 17 de octubre del 2003, convocando la Cámara de Calificación para el día 25 de octubre del 2003, conformada por los M.D.P.A.S.R., Juez de la Corte, quien la presidirá; D.L.J.R., Juez de la Tercera Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; DRA. R.R.L., Juez de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembros; F.D.B.D.M., como Secretaria General de la Cámara de Calificación del Distrito Nacional y LIC. K.S.P.S., como Encargada de la Cámara de Calificación del Distrito Nacional
CONSIDERANDO: Que el Juez de Instrucción realizó todos los actos de procedimiento de manera regular
CONSIDERANDO: Que procede declarar buenas y válidas, acogiéndolas para el presente caso, las motivaciones vertidas por el Juez de Instrucción, confirmando así la decisión dada al respecto
POR TALES MOTIVOS
VISTOS: Los artículos 330, 332 párrafo I, 333 del Código Penal; y 126 de la Ley No. 14-94, Código para la Protección de los Niños, Niñas y...
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