Sentencia nº 394 de 1ª Sala de la Camara Penal, 6 de Marzo de 2002

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2002
EmisorPrimera Sala de la Camara Penal

FECHA 6/3/2002

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) E.A.F.R.EDDYA.F.R.

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

501-01-00487

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida por los magistrados; DRA. O.V.H.C. , J.P.; LIC. E.V.A., J.; D.N.D.F., J.; Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA y por autoridad de la Ley, en virtud de las disposiciones legales siguientes: la Ley 50-88.; luego de ser oído el dictamen del Magistrado Procurador General de esta Corte, dicta la sentencia No. 394/2002, en audiencia pública de fecha seis (06) de marzo del 2002.-

FALLA

PRIMERO

Declara bueno y válido en cuanto a la forma, el recurso de apelación interpuesto por el nombrado E.A.F.R., en representación de sí mismo, en fecha treintiuno (31) de mayo del 2001; en contra de la sentencia de fecha treintiuno (31) de mayo del 2001, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, por haber sido hecho de acuerdo a la Ley, cuyo dispositivo es el siguiente

FALLA: PRIMERO: Se declara al nombrado E.A.F.R., de generales anotadas, culpable de violar los artículos 5 letra a) y 75 párrafo I de la ley 50-88 (modificada por la ley 17-95), Sobre Drogas y Sustancias Controladas en la República Dominicana, en perjuicio del Estado Dominicano, en consecuencia, se le condena a sufrir una pena de tres (3) años de prisión, mas al pago de una multa ascendente a la suma de diez mil pesos (RD$10,000.00); SEGUNDO: Se condena al nombrado E.A.F.R., al pago de las costas penales; TERCERO: Se ordena la devolución a su legítimo propietario, previa presentación de la documentación, del vehículo marca Honda Civic, color blanco, placa AJ-D095, por no tener ninguna vinculación con los hechos; CUARTO: Se ordena la incautación de los cuatrocientos pesos (RD$400.00) y tres dólares...

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