Sentencia nº 37 de Camara Civil, 26 de Agosto de 2003

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2003
EmisorCamara Civil

FECHA 26/8/2003

MATERIA REFERIMIENTO

INVOLUCRANTE (S) PABLO DEL ROSARIO MENDOZA

ABOGADO (S) ENILDA ARACENA DE LOS SANTOS

INVOLUCRADO (S) ENILDA ARACENA DE LOS SANTOS

ABOGADO (S) ENILDA ARACENA DE LOS SANTOS

DIOS, PATRIA Y LIBERTA

República DomEn la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día__26__del mes de_agosto___del año dos mil tres (2003), años 160 de la Independencia y 141 de la Restauración

NOS, DR. M.A.R.O., J.P. de la Cámara Civil de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en atribuciones de referimientos y en audiencia pública, asistido del infrascrito secretario y del alguacil de estrados de turno en la lectura del rol

CON MOTIVO DE LA DEMANDA EN REFERIMIENTO, tendiente a obtener del Presidente de la Cámara Civil de la Corte de Apelación del Distrito Nacional la suspensión de la ejecución de la sentencia No. 2000-0350-2510, de fecha 25 de septiembre del año 2001, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia, Segunda Sala, incoada por el señor P.D.R.M., dominicano, mayor de edad, tenedor de la cédula de identidad y electoral No. 001-0283625-1, domiciliado y residente en la calle M.B.N. 132, sector V.J., quien tiene como abogados constituídos y apoderados especiales a los DRES. J.O.L.M. y H.B.O.Z. y al LICDO. U.R.P., dominicanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad y electorales Nos. 001-1409338-8, 001-008401-7 y 001-0024286-1, con estudio profesional abierto en la avenida México esquina calle A.M., Apto No. 206, edificio México I, en esta ciudad

CONTRA: la señora ENILDA ARACENA DE LOS SANTOS, dominicana, mayor de edad, poseedora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0982791-5, domiciliada y residente en esta ciudad, quien tiene como abogada constituída y apoderada especial a la LICDA. ESPERANZA J.S., dominicana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0437193-5, con estudio profesional abierto en el No. 251, segunda planta, calle N. de O., ensanche L., en esta ciudad de Santo Domingo

VISTA: la sentencia No. 2000-0350-2510, rendida en fecha 25 de septiembre del año 2001, por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Segunda Sala, cuyo dispositivo es el siguiente

"Falla: Primero: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia contra la parte demandada el señor P.D.R.M., por no haber comparecido no obstante haber sido legalmente citado...

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