Sentencia nº 85 de Camara Civil, 28 de Diciembre de 2004

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2004
EmisorCamara Civil

FECHA 28/12/2004

MATERIA REFERIMIENTO

INVOLUCRANTE (S) CÉSAR A. GÓMEZ DÍAZ

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S) L.R.Á. RENTA

ABOGADO (S)

República Dominicana

En la ciudad d

Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día 28 del mes de diciembre del año dos mil cuatro (2004), años 161 de la Independencia y 142 de la Restauración

NOS, DR. M.A.R.O., J.P. de la Cámara Civil de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en atribuciones de referimientos y en audiencia pública, asistido del infrascrito secretario y del alguacil de estrados de turno en la lectura del rol

CON MOTIVO DE LA DEMANDA EN REFERIMIENTO, tendiente a obtener de esta Presidencia la suspensión de la ejecución provisional de la ordenanza No. 504-2004-03798, de fecha 8 de junio de 2004, dictada por la Presidencia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, incoada por el señor C.A.G.D., dominicano, mayor de edad, casado, administrador de empresas, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0197119-0, Z.P., dominicana, mayor de edad, soltera, economista, tenedora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0145356-1, y M.D.J.V.O., dominicano, mayor de edad, casado, agrónomo, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0094547-6, domiciliados y residentes en esta ciudad, quienes tienen como abogados constituídos y apoderados especiales, a los DRES. R.P.A. y A.P.M., y a los LICDOS. C.R.S.C., J.L.F.M., R. RAMOS y J.L.P.R., cuyas generales no constan en el expediente, con estudio profesional abierto en la avenida Independencia No. 56, Ciudad Nueva, en esta ciudad

CONTRA: el señor L.R.Á.R., dominicano, mayor de edad, casado, economista, domiciliado y residente en el apartamento No. 401, torre J.A.X., ubicada en la avenida A. esquina H., en esta ciudad, quien tiene como abogados constituídos y apoderados especiales al DR. J.M.P.G., H.H.P., C.R.C., y los LICDOS. H.H.V., y L.M.R., dominicanos, mayores de edad, casados, provistos de las cédulas de identidad y electorales Nos. 001-0097911-1, 001-0090659-3, 001-0067725-1, 001-0101621-0 y 001-97943-0, con estudio profesional abierto en el tercero en la avenida P.H.U. No. 55, esquina M.C., sector G., en esta ciudad, y los demás en la cuarta planta, edificio No. 10, avenida J.F.K., en esta ciudad

VISTA: la ordenanza No. 504-04-03798, rendida en fecha 8 de junio de 2004, por la Presidencia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito...

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