Sentencia nº 182 de 2ª Sala de la Camara Penal, 22 de Mayo de 2001

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2001
EmisorSegunda Sala de la Camara Penal

FECHA 22/5/2001

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) JOSÉ ANTONIO ROSARIO NÚÑEZ.JOSÉ ANTONIO ROSARIO NÚÑEZ

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

027-00-01569

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

En la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de mayo del año dos mil uno (2001), años 158 de la Independencia y 138 de la Restauración

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los Jueces LICDA. M.C.G.B., J.P. en funciones; D.R.H.G.P., J. y DR. JULIO CESAR CANO ALFAU, J.; presente el DR. MERIDO DE J.T., abogado ayudante del Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria infrascrita y del alguacil de estrado de turno ALFREDO OTAÑEZ

Siendo las doce (12:00 m.) horas del mediodía del día antes mencionado, la M.J.P. declara abierta la audiencia a fin de conocer el recurso de apelación interpuesto por el nombrado J.A. ROSARIO NUÑEZ, en fecha cuatro (4) del mes del abril del año dos mil (2000), en representación de sí mismo, en contra de la sentencia No. 210 de fecha tres (3) del mes de abril del año dos mil (2000), dictada por la Quinta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta sentencia

OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol

LLAMADO y OIDO: Al acusado J.A. ROSARIO NUÑEZ, de generales de ley, decir que es dominicano, mayor de edad, casado, ex -militar, cédula No. 46419-47, domiciliado y residente en la calle 12, No. 9, Respaldo Rosa, Las Palmas, H., Distrito Nacional

LLAMADO Y OIDO: El informante N.M.L., de generales de ley, decir que es dominicano, mayor de edad, casado, agricultor, cédula No. 001-0699049-2, domiciliado y residente en la calle Respaldo Central, No. 43, E.A., H., Distrito Nacional

LLAMADO Y OIDO: El testigo AMAURY VANDERPOOL HICHEZ, de generales de ley, decir que es dominicano, mayor de edad, soltero, técnico en informática, cédula No. 001-1575856-7, domiciliado y residente en la calle Respaldo 4, No. 73, Las Palmas, H., D. N

LLAMADA Y OIDA: La querellante D.M.B., dominicana, mayor de edad, casada, estilista, cédula No. 001-0717195-1, residente en la calle 14, No. 4, Respaldo Rosa, Las Palmas, H., Distrito Nacional

LLAMADO Y OIDO: El testigo R.B. PEÑA DE LA ROSA, dominicana, mayor de edad, casada, comerciante, cédula No. 094-0001785-2, domiciliada y residente en la calle 12, No. 4, Respaldo Rosa, Las Palmas, H., Distrito Nacional

LLAMADO Y OIDO: El testigo MARIA BDA. S.A., dominicana, mayor de edad, soltera, profesora, cédula No. 001-0690817-1, domiciliada y residente en la calle 20, No. 14, Respaldo Rosa, Las Palmas, H., Distrito Nacional

LLAMADO Y OIDO: El testigo R.N.P.B., dominicano, mayor de edad, soltero, comerciante, cédula No. 001-1086004-6, domiciliado y residente en la calle 20, No. 30, Respaldo Rosa, Las Palmas, H., Distrito Nacional

LLAMADO Y OIDO: El informante EDUARDO VILLAR BIDO, dominicano, mayor de edad, casado, arquitecto, cédula No. 001-0081833-5, domiciliado y residente en la calle Respaldo 14, No. 18, Reparto Rosa II, Las Palmas, H., Distrito Nacional

OIDA: La M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la parte civil a los fines de que externen sus calidades

OIDO: A los DRES. E.E.G., K.U. y DILCIA SANTANA, por sí y por los DRES. D.B.T., R.E.M., en representación de D.M.D.G., parte agraviada, parte civil constituida en contra de J.A.R.N.

OIDA: La M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la defensa para que externen sus calidades

OIDO: A los LICDOS. DARKIS DE LEON, F.N.P. y SANTOS NUÑEZ, en defensa del acusado J.A. ROSARIO NUÑEZ

OIDA: La M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público para que apodere a la Corte del expediente de que se trata

OIDO: Al DR. MERIDO DE J.T., abogado ayudante del Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente

OIDA: La M.J.P. cuestionar si existe alguna oposición o pedimento, previo al conocimiento del fondo del presente proceso

OIDO: A las partes manifestar que no tienen oposición al conocimiento del proceso

OIDA: La M.J.P. ordenarle a la secretaria darle lectura al dispositivo de la sentencia No. 210 de fecha 3 de abril del 2000, dictada por la Quinta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y del recurso de apelación interpuesto por el acusado, en fecha 4 de abril del 2000, así como también de las declaraciones dadas por los señores FELIX SILVA MERCEDES, E.P.M., A.M.H. y EDUARDO CLAUDIO DEL VILLAR EUSEBIO, por ante el Juzgado de Instrucción de la Cuarta Circunscripción del Distrito Nacional

OIDO: Al informante N.M.L., de generales que constan, en sus declaraciones ante esta Corte

OIDO: El testigo AMAURY VANDERPOOL HICHEZ, de generales que constan, en sus declaraciones a esta Corte, previo prestar juramento de ley

OIDA: La querellante D.M.B., de generales que constan, en sus declaraciones ante esta Corte

OIDO: El testigo R.B.P. DE LA ROSA, de generales que constan, en sus declaraciones a esta Corte, previo prestar juramento de ley

OIDO: La testigo M.B.S.A., de generales que constan, en sus declaraciones a esta Corte, previo prestar juramento de ley

OIDO: El testigo R.N.P.B., de generales que constan, en sus declaraciones a esta Corte, previo prestar juramento de ley

OIDO: El informante EDUARDO VILLAR BIDO, de generales que constan, en sus declaraciones dadas ante esta Corte

OIDO: Al acusado J.A.R.N., de generales que constan, en sus declaraciones dadas por ante esta Corte

VISTAS Y LEIDAS EN AUDIENCIA PUBLICA: Las piezas y documentos que obran en el expediente

OIDA: La M.J.P...

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