Sentencia de Cámara Penal, 12 de Agosto de 2002

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2002
EmisorCámara Penal

FECHA 12/8/2002

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO NACIONAL, PROCURADOR GENERAL DE LA CORTE DE APELACIÓN DE SANTO DOMINGO Y WILSA ALTAGRACIA WEBB DE WILLIAMS.WILSA ALTAGRACIA WEBB DE WILLIAMS, JULIO CESAR S.S.Y.J.L. ROSARIO

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

177-2002

LA CAMARA DE CALIFICACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida por los Magistrados: LIC. J.A.U.E., llamándose a sí mismo en su indicada calidad; quien la presidirá; LIC. F.A.O.P., Juez de la Primera Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; D.J.U.R.J., Juez de la Sexta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; asistidos de la infrascrita Secretaria

VISTAS y examinadas todas las piezas que forman el proceso No. 177/2002 a cargo de los nombrados WILSA ALTAGRACIA WEBB DE WILLIAMS, JULIO C.S.S. y J.L.R., inculpados del crimen de violación a los artículos 5 letra a), 33, 34, 35, 59 párrafo único, 60 y 75 párrafo II y III y 85 literales a) y c), 99, 100, 101, 105 párrafo II y 106 de la Ley No. 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas, modificada por la Ley No. 17-95 y artículos 265, 266 y 267 del Código Penal

VISTOS: Los recursos de apelación interpuestos por a) el DR. J.L.J.C., Abogado Ayudante del Procurador Fiscal del Distrito Nacional, en nombre y representación de dicho funcionario, en fecha diecisiete (17) de abril del año dos mil dos (2002), b) el DR. F.A.P.L., Abogado Ayudante del Procurador General de la Corte de Apelación, en nombre y representación de dicho funcionario, en fecha veinticinco (25) de abril del año dos mil dos (2002), y c) la nombrada WILSA ALTAGRACIA WEBB DE WILLIAMS, en fecha veintiséis (26) de abril del año 2002

VISTO: El auto de requerimiento y dictamen del Procurador General de la Corte de Apelación de Santo Domingo, de fecha 06 de agosto del 2002, en el cual requiere a la Cámara de Calificación Confirmar la presente Providencia Calificativa y Revocar el presente Auto de No Ha Lugar

VISTO: El auto dictado por el Juez Presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo en fecha 08 de agosto del 2002, convocando la Cámara de Calificación para el día 12 de agosto del 2002, conformada por los Magistrados LIC. J.A.U.E., llamándose a sí mismo en su indicada calidad, quien la presidirá; LIC. F.A.O.P., Juez de la Primera Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; DR. J.U.R.J., Juez de la Sexta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembros; F.D.B.D.M., como Secretaria de la Cámara de Calificación de Santo Domingo y LIC. K.S.P.S., como Encargada de la Cámara de Calificación de Santo Domingo

CONSIDERANDO: Que el Juez de Instrucción realizó todos los actos de procedimiento de manera regular

CONSIDERANDO: Que...

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