Sentencia nº 810 de 2ª Sala de la Camara Penal, 13 de Agosto de 2002

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2002
EmisorSegunda Sala de la Camara Penal

FECHA 13/8/2002

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) ANTONIO DE LA CRUZ CARO.ANTONIO DE LA CRUZ CARO

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

502-01-00650

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida, en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias públicas, situado en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, en la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, integrada por los Magistrados DR. R.H.G.P., J.P. en funciones; D.M.D.S.P.G., J.; DR. JULIO CESAR CANO ALFAU, J. y por el DR. MERIDO DE J.T., Abogado Ayudante del Procurador General de la Corte, asistidos de la infrascrita secretaria, y del Alguacil de estrados en turno, H.V., en sus atribuciones criminales, se ha constituido en audiencia pública para decidir del recurso de apelación interpuesto por el señor ANTONIO DE LA CRUZ CARO, en representación de sí mismo, en fecha nueve (09) del mes de marzo del año dos mil uno (2001), en contra de la sentencia de fecha nueve (09) del mes de marzo del año dos mil uno (2001), dictada por la Tercera Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones correccionales, en virtud de las disposiciones legales siguientes: artículos 379 y 401 del Código Penal; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, POR AUTORIDAD DE LA LEY Y OIDO EL DICTAMEN DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, DICTA LA SIGUIENTE SENTENCIA, QUE FUE LEIDA EN AUDIENCIA PUBLICA DE FECHA: TRECE (13) DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS (2002), CUYO DISPOSITIVO DICE ASI

FALLA

PRIMERO

Declara bueno y válido en cuanto a la forma el recurso de apelación interpuesto por el señor ANTONIO DE LA CRUZ CARO, en representación de sí mismo, en fecha nueve (09) del mes de marzo del año dos mil uno (2001), en contra de la sentencia de fecha nueve (09) del mes de marzo del año dos mil uno (2001), dictada por la Tercera Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, por haber sido interpuesto en tiempo hábil y conforme a la ley, cuyo dispositivo es el siguiente

FALLA: PRIMERO: Se declara al acusado ANTONIO DE LA CRUZ CARO, dominicano, mayor de edad, soltero, lavador de carro, no porta cédula, domiciliado y residente en la calle R., casa No. 44, del...

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