Sentencia nº 107 de 2ª Sala de la Camara Penal, 16 de Noviembre de 2004

Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2004
EmisorSegunda Sala de la Camara Penal

FECHA 16/11/2004

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) DR. J.C.P.S., ACTUANDO POR SI Y POR LOS DRES. A.P.M., F.A.L.S.Y.H.A. CEPEDA.E.C. ADAN Y M.T.A.M. DE CADENAS

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República Dominicana,a los dieciséis

as del mes de noviembre del año dos mil cuatro (2004), años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida en Vista Pública, compuesta por los Magistrados

DR. N.D.F.J.P.

DR. JULIO CESAR CANO ALFAU Juez

DRA. K.M.J.M.J.

Asistidos de la infrascrita, Secretaria, dicta en Vistas Publicas, la Resolución Siguiente

SOBRE: El procedimiento de libertad provisional bajo fianza de E.C. ADAN y M.T.A.M. DE CADENAS, dominicanos, mayores de edad; inculpados de violar los artículos 147, 148, 150, 151, 265 y 266 del Código Penal Dominicano

VISTO: El recurso de apelación interpuesto por el DR. J.C.P.S., actuando por si y por los DRES. A.P.M., F.A.L.S. y H.A.C. en representación de C.J.P.S., en fecha treinta (30) del mes de julio del año dos mil cuatro (2004), en contra del Auto de Otorgamiento de Libertad Provisional Bajo Fianza, de fecha veintinueve (29) del mes de julio del año dos mil cuatro (2004), dictado por la Quinta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional

VISTA: La Convocatoria a vistas públicas de fecha 16 de noviembre del 2004

OÍDO: A.M.J.P. en funciones, ofrecerle la palabra a los abogados de la parte civil constituida, para que externe sus calidades

OÍDO: A los DRES. JOSE ISIDRO DE J.F.G., R.A.P.N. y el LIC. CRISTOBAL PEREZ-SIRAGUSA CONTIN, por si y el DR. A.P.M. abogado constituido del señor C.J.P.S.

OÍDO: A.M.J.P. en funciones, ofrecerle la palabra a los abogados de la defensa, para que externe sus calidades

OÍDO: A los LIC. C.A. y el DR. FRANCISCO ASIS, por si y el LIC. W.C., J.A.C., F.D., F.T. y ULISES CABRERA en representación de E.C. y al LIC. S.R., por si y el LIC. P.V. en representación de M.T.A.

OÍDO: A.M.J.P. en funciones, ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público para que apodere a la Sala del expediente de que se trata

OÍDO: Al DR. A.M., Abogado Ayudante del Procurador General de esta Corte, en representación del Ministerio Público, hacer la exposición del hecho objeto de la prevención y apoderar formalmente a la Corte del recurso de apelación que se trata

OIDO: A.M.J.P. en funciones, ofrecerle la palabra a los abogados de la parte civil, a los fines de que pronuncie sus alegatos y posteriormente sus conclusiones

OIDO: A los DRES. JOSE ISIDRO DE J.F.G., R.A.P.N. y el LIC. CRISTOBAL PEREZ-SIRAGUSA CONTIN, por si y el DR. A.P.M. abogado constituido del señor C.J.P.S., en sus motivos y conclusiones las cuales finalizan de la siguiente manera: PRIMERO: DECLARAR, en cuanto a la forma REGULAR Y VALIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 30 de julio del 2004, por el señor C.J.P.S. contra la sentencia de fecha 29 de julio del 2004, dictada por la Quinta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que otorgó libertad provisional bajo fianza a los inculpados E.C. y M.T.A. por haber sido interpuesto en cumplimiento con las formalidades y requisitos de forma y fondo exigidos por la ley que rige la materia; SEGUNDO: En cuanto al fondo, REVOCAR, por los motivos expuestos, la sentencia de fecha 29 de julio del 2004, dictada por la Quinta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional que otorgo libertad provisional bajo fianza a los inculpados E.C. y M.T.A., en aquellos aspectos en que juzga y otorga libertad provisional bajo fianza a los inculpados antes indicados, luego comprobar que la misma fue dictada en violación a la ley, fruto de un...

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