Sentencia nº 126 de 2ª Sala de la Cámara, 30 de Noviembre de 2004
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2004 |
Emisor | Segunda Sala de la Cámara |
FECHA 30/11/2004
MATERIA CRIMINAL
INVOLUCRANTE (S) ESTEBAN SEVERINO ABRAHAM
ABOGADO (S)
INVOLUCRADO (S)
ABOGADO (S)
República Dominicana,a los treinta (3
del mes de noviembre del año dos mil cuatro (2004), años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración
LA SEGUNDA SALA DE LA CÁMARA DE LA CORTE DE APELACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente reunida en Cámara de Consejo, compuesta por los Magistrados
DR. NESTOR DIAZ FERNANDEZ Juez Presidente
DR. RAMON HORACIO GONZALEZ PEREZ Juez
DR. PEDRO ANTONIO SANCHEZ RIVERA Juez
DRA. K.M.J.M.J.
Asistidos de la infrascrita Secretaria dicta, en sus atribuciones ADMINISTRATIVAS, la resolución siguiente
SOBRE: El procedimiento de libertad condicional de E.S.A., quien se encuentra preso en la Cárcel Pública de La Victoria, cumpliendo condena mediante sentencia dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal Corte de Apelación de Santo Domingo, por el crimen de violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano
VISTA: La solicitud de libertad condicional de E.S.A.
VISTOS: Los documentos anexos
VISTO: El dictamen del Magistrado Procurador General de esta Corte LIC. J.A.C.S., que termina del modo siguiente: "SOMOS DE OPINION": QUE EL PEDIMENTO DE LIBERTAD CONDICIONAL ELEVADO POR EL MENCIONADO PETICIONARIO, DEBE SER RECHAZADO
LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DEL DISTRITO NACIONAL, DESPUES DE HABER DELIBERADO
ATENDIDO: Que la libertad condicional podrá ser solicitada por el interesado, o por otra persona provista de un poder o mandato especial al efecto, a la cual se anexará un certificado expedido por el Alcaide director del establecimiento penal correspondiente, o quien haga sus veces, en la cual consta que se han reunido los requisitos indicados por los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y siguientes de la Ley No. 164, de fecha 29 de octubre de 1980
ATENDIDO: Que en el presente caso no procede acordar la Libertad Condicional al recluso E.S.A.
POR TALES MOTIVOS y vistos los artículos 1, 2, 3, y siguientes...
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