Sentencia nº 577 de 1ª Sala de la Camara Penal, 31 de Agosto de 2001
Fecha de Resolución | 31 de Agosto de 2001 |
Emisor | Primera Sala de la Camara Penal |
FECHA 31/8/2001
MATERIA CORRECCIONAL
INVOLUCRANTE (S) LUIGI ANTONIO ANGELINE Y LA SOCIEDAD D´CONSA, C. X A., SANTA I.P. Y CLEOTILDE LORENZO ARIAS.LUIGI ANTONIO ANGELINE
ABOGADO (S)
INVOLUCRADO (S)
ABOGADO (S)
República DominicanaPoder Judicial
027-00-00145
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de agosto del año dos mil uno (2001), año 157 de la Independencia y 135 de la Restauración
LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los jueces DRA. O.V.H.C., J.P.; D.M.A.M.M., Juez; LIC. E.V.A., J.; presente el DR. G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria ad-hoc
Siendo las nueve (9:00) horas de la mañana del día antes mencionado, la M.J.P. declara abierta la audiencia a fin de conocer los recursos de apelación interpuestos por: a) DR. JULIO A.N., en representación de LUIGI ANTONIO ANGELINE y la sociedad D´CONSA C X A, en fecha 23 de agosto de 1999 y b) DR. A.B.A., en representación de las señoras SANTA I.P. y CLEOTILDE LORENZO ARIAS, en fecha 27 de julio de 1999, contra la sentencia de fecha 12 de julio de 1999, dictada por la Cuarta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en sus atribuciones correccionales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta sentencia
OIDO: Al ministerial de turno en la lectura del rol
LLAMADO: Al prevenido LUIGI D´ANTONIO ANGELINE, , de generales de Ley, italiano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1212074-6,domiciliado y residente en la calle J.I.O.N. 4 del sector Los Prados de esta cuidad
LLAMADO: A la testigo LUZ N.L.P., de generales de ley, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1610290-6, secretaria, domiciliada y residente en la calle 27 de Febrero No. 24 del sector de V.R. de esta cuidad
OIDA: A la M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la Parte Civil Constituida, a los fines de que viertan sus calidades
OIDO: A.D.A.B.A., abogado constituido, quien actúa en nombre y representación de la parte civil constituida, ratificando calidades vertidas en audiencia anterior
OIDA: A la M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la defensa, a los fines de que viertan sus calidades
OIDO: A.D.M.A.B.B., por sí y por la DRA. M.B.G., abogados constituidos, quienes actúan en nombre y representación del señor LUIGI ANTONIO ANGELINE y la sociedad de comercio DACOMSA, C.X.A., a los fines de asistirlo en sus medios de defensa
OIDO: A.D.P.P.Y.F., abogado constituido, quien actúa en nombre y representación de la compañía INTERCONTINETAL DE SEGUROS, S.A., y el prevenido LUIGI ANTONIO ANGELINE, a los fines de asistirlo en sus medios de defensa
OIDA: A la M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público para que apodere a la Corte del expediente que se trata
OIDO: Al representante del Ministerio Público DR. G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de la Corte, apoderar a la Corte del expediente que se trata
OIDA: A la M.J.P., manifestar a las partes si existe alguna oposición o pedimento previo al conocimiento del presente proceso
OIDO: A las partes, manifestar a la Corte que no tienen oposición al conocimiento del presente proceso
OIDA: A la M.J.P., ordenar por secretaria la lectura de la sentencia de fecha doce (12) de julio de 1999, dictada por la Cuarta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y los recursos de apelación interpuestos por: a) DR. JULIO A.N., en representación de LUIGI ANTONIO ANGELINE y la sociedad D´CONSA C X A, en fecha 23 de agosto de 1999 y b) DR. A.B.A., en representación de las señoras SANTA I.P. y CLEOTILDE
LORENZO ARIAS, en fecha 27 de julio de 1999, contra la sentencia de fecha 12 de julio de 1999
OIDA: A la testigo LUZ N.L.P., en sus declaraciones ofrecidas ante esta Corte: "Yo regresaba de Caracas Venezuela el 18 de diciembre, llegué al aeropuerto como a las 9 de la noche y cuando íbamos en el Km. 11 y en la isleta del medio habían unos pinitos y de ahí salieron las personas en el motor y ahí se produjo el accidente, tratamos de auxiliarlo per habían muchos vehículos. Los carros que venían ninguno se detuvo y le pasaron muchos carros y cuando llegamos donde el estaba, estaba muerto y luego llamamos a la policía"
MINISTERIO PUBLICO
"Eso fue en el Km. 10 ½, había en la isleta unos pinitos y por ahí había un pescado, él iba por el lado izquierdo y el motor salió del centro"
PARTE CIVIL
PREG.: ¿Qué si declaró en primer grado
RESP.: No estaba residiendo en Santo Domingo. No sé la fecha, creo que estaba fuera del país
PREG.: ¿Salió después del accidente
RESP.: Sí, como a los 15 días
PREG.: ¿Si después de eso volvió
RESP.: Sí, el 16 de agosto del 2000, hasta la fecha sólo he vuelto de vacaciones. Sí, entre el 18 de diciembre a agosto del 2000, no sé pero si muchas veces
PREG.: ¿Entre diciembre y el mes de julio del 99, cuántas veces vino al país
RESP.: como 3 veces, no tengo fecha exacta. Yo no residía en el país, yo venía esporádicamente
PREG.: ¿Lo volvió a ver al prevenido
RESP.: Sí, somos amigos
PREG.: ¿El le solicitó que asistiera de testigo
RESP.: Sí, yo resido aquí desde el 16 de agosto del 2000
PREG.: ¿Si entiende que residir fuera es un impedimento para ser testigo
RESP.: No
PREG.: ¿Recuerda a qué velocidad el iba
RESP.: El iba más despacio que rápido
PREG.: ¿Sabe que una velocidad baja está prohibida en la autopista
RESP.: Sí, estaba oscuro. Nosotros tratamos de auxiliarlo
PREG.: ¿Qué tiempo transcurrido en el accidente y la llegada de la Policía
RESP.: No sé, estaba nerviosa
PREG.: ¿Cuándo llegó la Policía
RESP.: Al momento
PREG.: ¿Dónde se dirigieron después del accidente
RESP.: A los Prados
PREG.: ¿Quién se dirigió a la Policía
RESP.: El señor LUIGI
PREG.: ¿Qué razón hubo para impedir al agraviado
RESP.: Yo no vi lo que en el instante
PREG.: ¿Cuál fue la situación
RESP.: Porque venían muchos carros y cuando llegaron estaba muerto, los carros no se detenían
PREG.: ¿Se le hizo señales par que se pararan otros vehículos
RESP.: Sí pero muchos carros le pasaron por encima a los heridos. Era tarde de la noche, no lo auxiliamos porque venían muchos vehículos más, unos se paraban y otros no
DEFENSA
PREG.: ¿Ratifica que el motor salió de una mata de pino frente a la autopista
RESP.: Sí
PREG.: ¿Había oportunidad de evitar el accidente
RESP.: No, ellos salieron muy rápido y no se detuvieron
PREG.: ¿Ratifica que la señora que iba en la parte trasera iba casi desnuda
RESP.: Sí
PREG.: ¿Qué si ratifica que prestar auxilio fue casi imposible
RESP.: Sí, lo ratifico
PREG.: ¿Ratifica que el lugar donde salía el motor era un cruce natural o irregular
RESP.: Irregular porque habían muchos pinos
PREG.: ¿Vio a la señora después del accidente
RESP.: Sí, sólo tenía unos panties
PARTE CIVIL
PREG.: ¿Cómo vio la forma que estaba vestida la señora
RESP.: Sí, porque en el momento en que me bajé de la Jeepeta la vi y me llevaron a la casa
PREG.: ¿Sabe si eran unos panties o un traje de baño
RESP.: Era algo pequeño
PREG.: ¿Sí la motocicleta lo chocó o la Jeepeta al motor
RESP.: El impacto fue que le dieron a la jeepeta
PREG.: ¿Sabe si la Jeepeta sufrió daño
RESP.: No sé
PREG.: ¿Sabe que el prevenido declaró que los motoristas salieron de una passola
RESP.: No sé lo que declaró
OIDO: Al prevenido L.A.A., en sus declaraciones ofrecidas ante esta Corte: "Yo venía del aeropuerto junto a mi cuñada y un hijo de ella y mi nieto. Yo venía por la parte izquierda, al llegar al Km. 10 ½ u 11, sale el motor por un pasillo que es como un trillo, el motor sale de repente, yo traté de esquivarlo hacia la derecha, yo no pude decir si lo mate o lo mató otro vehículo. Yo me paré a la derecha y luego que salieron los vecinos, se fueron parando los vehículos, él salió de oeste hacia la izquierda. Yo iba del aeropuerto a Santo Domingo, eso estaba oscuro, la passola se la llevaron a 100 metros del lugar del accidente. Ahí había un pescado. En el motor iban dos personas, yo le di con la parte delantera izquierda. Yo iba como a 50 a 55 Km. Yo tengo 33 años en Santo Domingo"
PREG.: ¿Lo llegó a ver antes del accidente
RESP.: No, ellos salieron de un pasillito con tierra, eso fue en el Km. 10 ½ , eso esta entre la bomba de gasolina más adelante. Yo no lo vi en el momento, ellos doblaron inmediatamente, ellos doblaron en u, ellos se metieron y luego yo estaba encima de ellos. Yo no los vi. Yo los vi cuando venían doblando
MINISTERIO PUBLICO
"Ellos venía de Santo Domingo al aeropuerto. Yo lo vi cuando el trato de volver a Santo Domingo o cruzar la vía, no lo sé. Cuando el sale y se asoma, yo le di en la goma delantera, por eso no pudo establecer si iba a cruzar vertical o doblar en u. El dobló en u para cruzar la isleta. Yo lo vi como a 10 metros o 15 metros, estaban encima de mi de como aquí donde esta la Magistrada"
PARTE CIVIL
PREG.: ¿Si recuerda que hay entre el lado de la autopista sur hasta llegar al mar
RESP.: No sé exactamente
PREG.: ¿Es un espacio que hay ahí
RESP.: Mata de coco
PREG.: ¿Del lado Norte
RESP.: Un pequeño poblado y cerca de la bomba
PREG.: ¿Hacia donde supone que iban
RESP.: No sé
PREG.: ¿Doblando en u o cruzaron la vía
RESP.: Ellos iban hacia el aeropuerto y se devolvieron. Lo vi cuando el salió, cuando se asoma, no me dio tiempo frenar
PREG.: ¿Qué tiempo de uso tenía su vehículo
RESP.: Como dos años
PREG.: ¿El vehículo está en buenas condiciones
RESP.: Sí
PREG.: ¿Qué tiempo tiene manejando
RESP.: Desde los 18 años. Yo iba por el carril izquierdo
PREG.: ¿Por qué iba en el carril izquierdo
RESP.: Yo iba en ese carril
PREG.: ¿A qué distancia quedó su vehículo después del choque
RESP.: Cerca de...
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