Sentencia nº 693 de 2ª Sala de la Camara Penal, 11 de Octubre de 2001

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2001
EmisorSegunda Sala de la Camara Penal

FECHA 11/10/2001

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) M.M.H.O. Y COMPAÑÍA SEGURIDAD PRIVADA, S.A.MIGUELM.H.O.

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

027-00-01860

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

En la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de octubre del año dos mil uno (2001), año 156 de la Independencia y 136 de la Restauración

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los jueces: DR. JULIO E. BAUTISTA PEREZ, J.P.; D.M.D.S.P.G., Juez; LIC. Y.M.A., Juez de la Segunda Sala del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, designada mediante auto No. 128-G-2001, expedido por el LIC. JOSE ARTURO URIBE EFRES, J.P. de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo, para que actúe como J. interina en el presente caso; Presente el DR. MERIDO DE J.T., abogado ayudante del Procurador General de esta Corte, asistidos del alguacil de estrados de turno, N.M. y de la infrascrita secretaria

Siendo las doce (12:00) horas del día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia a fin de conocer los recursos de apelación interpuesto por: a) el nombrado M.M.H.O., en representación de sí mismo, en fecha veinticinco (25) del mes de julio del año dos mil (2000); b) El LIC. J.M.G.C., en representación de la compañía SEGURIDAD PRIVADA S.A., (SEPRISA), en fecha veintiséis (26) del mes de julio del año dos mil (2000), ambos en contra de la sentencia de fecha veinticinco (25) del mes de julio del año dos mil (2000), dictada por la Novena Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta acta de audiencia

OIDO: Al alguacil de estrados de turno en la lectura del rol

LLAMADO y OIDO: Al acusado M.M.H.O., en sus generales de ley, decir que es dominicano, mayor de edad, agricultor, soltero, portador de la cédula de identidad personal No. 27964-50, domiciliado y residente en Manabao, Jarabacoa, República Dominicana, quien se encuentra recluido en la Penitenciaría Nacional de La Victoria

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la parte civil constituida para que de sus calidades

OIDO: Al LIC. W.C., por sí y por los DRES. M.G. y P.G.B., en representación de la señora D.I.D.J.A., quien en primer grado se constituyó en parte civil constituida contra el acusado y la compañía SEGURIDAD PRIVADA S.A., SEPRISA, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1320025-7, con estudio profesional abierto en la calle J.F.T.B.N. 301, sector E.E.M., teléfono No. 472-4647

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa para que de sus calidades

OIDO: Al LIC. J.D.M.P.Y.P., a nombre y representación del DR. A.B.F.M., abogado de oficio de esta Segunda Sala, constituido en defensa del acusado MIGUEL MAROA HERNANDEZ ORTEGA

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del ministerio público para que apodere a la Corte del expediente de que se trata

OIDO: Al DR. MERIDO DE J.T., abogado ayudante del Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente

OIDO: A.M.J.P. preguntarle a las partes si tienen algún pedimento que hacerle a la Corte, antes de empezar a conocer el fondo del proceso de que se trata

OIDO: A las partes, contestar que no tienen ningún pedimento que hacerle al tribunal

OIDO: A.M.J.P., ordenarle a la secretaria darle lectura a los siguientes documentos: a) A los recursos de apelación de veinticinco (25) de julio y veintiséis (26) del mes de julio del año dos mil (2000), interpuesto por el acusado M.M.H.O. y por la compañía SEGURIDAD PRIVADA S.A. (SEPRISA), respectivamente; b) A la sentencia de fecha veinticinco (25) del mes de julio del año dos mil (2000) dictada por la Novena Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; c) Al interrogatorio de la agraviada D.I.D.J. ante el Juzgado de Instrucción de la Séptima Circunscripción del Distrito Nacional; d) Certificado de análisis forense No. 0049-2000 de fecha once (11) del mes de enero del año dos mi (2000); e) Certificado médico legal practicado a la agraviada D.I.D.J., de fecha veintiocho (28) del mes de febrero del año dos mil (2000)

OIDO: Al acusado M.M.H.O., de generales que constan, en sus declaraciones dadas por ante este tribunal

VISTAS y LEIDAS EN AUDIENCIA PUBLICA: Las piezas y documentos que obran en el expediente

OIDO: A.M.J.P. cerrar la instrucción del proceso, abrir los debates y ofrecerle la palabra al abogado de la parte civil constituida para que concluya

OIDO: Al LIC. W.C. por si y por los DRES. M.G. y P.G.B., abogados de la parte civil constituida, en sus motivos y conclusiones, las cuales finalizan de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se declare el defecto de la compañía de guardianes SEPRISA S.A., por no comparecer no obstante haber sido citada; SEGUNDO: Que se confirme la sentencia No. 1667-2000 de fecha veinticinco (25) del mes de julio del año dos mil (2000), dictada por la Novena Sala Penal, en todas sus partes, tanto en los aspectos penales como civiles; TERCERO: Que sea condenado al pago de las costas al señor M.M.H.O., así como a la compañía SEPRISA S.A."

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público, para que dictamine

OIDO: Al DR. MERIDO DE J.T., abogado ayudante del Procurador General de esta Corte, en sus motivos y dictamen el cual finaliza de la siguiente manera: "

PRIMERO

Se declare bueno y válido en cuanto a la forma el recurso de apelación interpuesto

SEGUNDO

En cuanto al fondo, esta Corte, actuando por propia autoridad, confirme en todas sus partes la sentencia recurrida y condene al acusado M.M.H.O., al pago de las costas penales"

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la defensa para que concluyan

OIDO: A.D.J.D.M.P.Y.P., en sus motivos y conclusiones, las cuales finalizan de la siguiente manera: "PRIMERO: Declarar bueno y válido en cuanto a la forma, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha veinticinco (25) del mes de julio del año dos mil (2000), evacuada por la Novena Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; SEGUNDO: En cuanto al fondo, que modifiquéis la misma, fundamentándose en el principio y la equidad, dejando a la soberana apreciación de la Corte, la decisión

OIDO: A.M.J.P. informarle a las partes, que la Corte se retira a deliberar, para dictar sentencia en el presente proceso

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO

RESULTA: Que en fecha 1ro. de febrero del año 2000, fue sometido por ante la acción de la justicia el nombrado el nombrado M.M.H.O., inculpado como presunto autor de haber cometido robo con violencia, violación sexual y actos de barbarie, en perjuicio de la señora D.I.D.J.A., en un hecho ocurrido en fecha 7 de enero del 2000, en la sucursal del Banco Nacional de Crédito, del sector de V.M., de esta ciudad, donde ambos laboraban

RESULTA: Que entre otras piezas, componen la especie, los siguientes documentos: a) El acta de la querella interpuesta por la señora DEYANIRA DE J.A., por ante la Policía Nacional, en fecha 11 de enero del 2000, en contra del procesado M.M.H.O., inculpándole de haberla violado sexualmente y haberla asaltado, en horas de la noche del día 7 de enero del 2000, mientras se encontraba cerrando la sucursal del Banco Nacional de Crédito donde laboraba, conjuntamente con el señalado procesado, éste último en condición de vigilante de la mima; habiéndole éste amarrado por sus extremidades, violándola sexualmente y sustrayéndole dinero en efectivo y...

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