Sentencia de Cámara Penal, 2 de Abril de 2002
Fecha de Resolución | 2 de Abril de 2002 |
Emisor | Cámara Penal |
FECHA 2/4/2002
MATERIA CRIMINAL
INVOLUCRANTE (S) PASTOR PÉREZ MARTE.MANUEL DE JESÚS, MARTÍN DE JESÚS, C.D.J., GOYITO DE JESÚS, J.K.C., D.H., M.C.M. DE FARIA Y FLORIDA SIERRA
ABOGADO (S)
INVOLUCRADO (S)
ABOGADO (S)
República DominicanaPoder Judicial
51-2002
LA CAMARA DE CALIFICACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida por los Magistrados: DRA. O.V.H.C., J.P. de la Primera Sala de la Corte, P.; DRA. R.R.L., Juez de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; DRA. N.M.J.G., Juez de la Undécima Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; asistidos de la infrascrita Secretaria
VISTAS y examinadas todas las piezas que forman el proceso No. 51/2002 a cargo de los nombrados MANUEL DE J., M.D.J., C.D.J., GOYITO DE J., J.K.C., D.H., M.C.M.D.F. y FLORIDA SIERRA, inculpados del crimen de violación a los artículos 59, 60, 146, 147, 150, 151, 265, 266, 369, 400, 406 y 408 del Código Penal
VISTO: El recurso de apelación interpuesto por el señor PASTOR PEREZ MARTE, Parte Civil Constituida, en fecha 6 de diciembre del 2001
VISTO: El auto de requerimiento y dictamen del Procurador General de la Corte de Apelación de Santo Domingo, de fecha 20 de marzo del 2002, en el cual requiere a la Cámara de Calificación Confirmar el presente Auto De No Ha Lugar
VISTO: El auto dictado por el Juez Presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo en fecha 27 de marzo del 2002, convocando la Cámara de Calificación para el día 2 de abril del 2002, conformada por los Magistrados DRA. O.V.H.C., J.P. de la Primera Sala de la Corte, quien la presidirá; DRA. R.R.L., Juez de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; DRA. N.M.J.G., Juez de la Undécima Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembros; N.D.P., como Secretaria de la Cámara de Calificación de Santo Domingo
CONSIDERANDO: Que el Juez de Instrucción realizó todos los actos de procedimiento de manera regular
CONSIDERANDO: Que procede acoger los motivos vertidos por el Juez de Instrucción en su decisión por reposar sobre base legal
POR TALES MOTIVOS
VISTOS: Los artículos 59, 60, 146, 147, 150, 151, 265, 266, 369, 400, 406 y 408 del Código Penal; artículos 127, 134 y 135 del Código de Procedimiento Criminal, modificados por la Ley No. 342-98 de fecha 14 de agosto de 1998
RESOLVEMOS
Declara regular y válido en cuanto a la forma, el recurso de apelación interpuesto por el señor P.P.M., en fecha 06 de diciembre del 2001, Parte Civil Constituida; contra el AUTO DE...
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