Sentencia de Cámara Penal, 2 de Diciembre de 2002
Fecha de Resolución | 2 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Cámara Penal |
FECHA 2/12/2002
MATERIA CRIMINAL
INVOLUCRANTE (S) WILFIN PAREDES GARCÍA.WILFIN PAREDES GARCÍA
ABOGADO (S)
INVOLUCRADO (S)
ABOGADO (S)
República DominicanaPoder Judicial
428-2002
LA CAMARA DE CALIFICACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida por los Magistrados: DR. I.P.C.H., quien la presidirá; D.P.A.S.R., Juez de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; D.J.U.R.J., Juez de la Sexta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro, asistidos de la infrascrita Secretaria
VISTAS y examinadas todas las piezas que forman el proceso No. 428/2002 a cargo del nombrado WILFIN PAREDES GARCIA, inculpado del crimen de violación a los artículos 2, 295, 304, 379 y 386 Párrafo II del Código Penal
VISTO: El recurso de apelación interpuesto por nombrado WILFIN PAREDES GARCIA en fecha 02 de septiembre del año 2002
VISTO: El auto de requerimiento y dictamen del Procurador General de la Corte de Apelación de Santo Domingo, de fecha 22 de noviembre del 2002, en el cual requiere a la Cámara de Calificación Confirmar la Presente Providencia Calificativa
VISTO: El auto dictado por el Juez Presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo en fecha 28 de noviembre del 2002, convocando la Cámara de Calificación para el día 02 de diciembre del 2002, conformada por los M.D.I.P.C.H., quien la presidirá; D.P.A.S.R., Juez de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; D.J.U.R.J., Juez de la Sexta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; F.D.B.D.M., como Secretaria de la Cámara de Calificación de Santo Domingo y LIC. K.S.P.S., como Encargada de la Cámara de Calificación de Santo Domingo
CONSIDERANDO: Que el Juez de Instrucción realizó todos los actos de procedimiento de manera regular
CONSIDERANDO: Que procede declarar buenas y válidas, acogiéndolas para el presente caso, las motivaciones vertidas por el Juez de Instrucción, confirmando así la decisión dada al respecto
POR TALES MOTIVOS
VISTOS: Los artículos, 2, 295, 304, 379 y 386 Párrafo II del Código Penal, artículos 127, 134 y 135 del Código de Procedimiento Criminal, modificados por la Ley No. 342-98 de fecha 14 de agosto de 1998
RESOLVEMOS
Declara regular y válido en cuanto a la forma el recurso de apelación interpuestos por el nombrado WILFIN PAREDES...
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