Sentencia nº 1000 de 1ª Sala de la Camara Penal, 25 de Noviembre de 2003

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2003
EmisorPrimera Sala de la Camara Penal

FECHA 25/11/2003

MATERIA HÁBEAS CORPUS

INVOLUCRANTE (S)

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

No. 027-82-00165

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

LA PRIMERA SALA DE LA CÁMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACIÓN DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida por los magistrados: LICDA. M.C.G.B., J.P.; D.M.A.M.M., J.; M.A.H.V., J.; Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA y por autoridad de la Ley, en virtud de las disposiciones legales siguientes: Ley 5353 de Habeas Corpus; luego de ser oído el dictamen del Magistrado Procurador General de esta Corte, dicta la sentencia No. 1000-03 en audiencia pública de fecha: 25 de noviembre del año 2003

FALLA

PRIMERO

Se acoge el dictamen del MINISTERIO PUBLICO, en consecuencia se declara la perención de la instancia de Habeas Corpus solicitada por el impetrante F.M.C.; por haber transcurrido más de tres (3) años del último acto de procedimiento, de conformidad con lo establecido por el artículo 455 del Código de Procedimiento Criminal

SEGUNDO

Se declaran de oficio las costas penales

Y por esta nuestra sentencia así se pronuncia, manda y firma

Firmado: LICDA. M.C.G.B., DR. M.A.M.M., DR. M.A.H.V., XIOMICELL GUZMAN Secretaria

Boletín de Noviembre 2003

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