Sentencia nº 307 de 2ª Sala de la Camara Penal, 14 de Marzo de 2002

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2002
EmisorSegunda Sala de la Camara Penal

FECHA 14/3/2002

MATERIA CORRECCIONAL

INVOLUCRANTE (S) LEASING POPULAR, S.A.FÉLIX NÚÑEZ PERALTA

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República Dominicana,a los (11) días

de febrero del año dos mil dos (2002), integrada por los Magistrados, DR. JULIO E.B.P., J.P.; D.R.H.G.P., J.; D.M.D.S.P.G., J.; presente el DR. TOMAS MONTERO D´OLEO, Abogado ayudante del Procurador General de esta Corte, asistidos de la infrascrita secretaria y del Alguacil de Estrados de T.N.M., en sus atribuciones correccionales, se ha constituido en audiencia con motivo del fallo reservado de fecha once (11) de febrero del año dos mil dos (2002), en sus atribuciones correccionales; en virtud de las disposiciones legales siguientes: Ley 241

OIDO: A.M.J.P. en la apertura de la audiencia

OIDO: A.A. de Estrados de turno de esta Segunda Sala en la lectura del rol de audiencia

LLAMADO Y ODIO: Al prevenido F.N.P., en sus generales de ley, decir que es dominicano, mayor de edad, casado, empleado publico, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0503204-9, domiciliado y residente en la calle 6, No. 98, Las Cañitas

LLAMADO Y ODIO: Al agraviado SEBASTIÁN CONFESOR NUÑEZ, en sus generales de ley, decir que es dominicano, mayor de edad, soltero, licenciado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0312709-8, domiciliado y residente en la calle Las F., No. 11

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la parte civil constituida para que externe sus calidades

OIDA: A la DRA. O.M.O. abogada de la parte civil constituida, ratificar calidades dadas en audiencia anterior

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la defensa para que externen sus calidades

OIDO: Al LIC. L.R.C.M., ratificar calidades dadas en audiencia anterior

OIDO: A.D.J.D.M., en representación de F.N.P., ALMACENES VEGA REAL, S.A., y LA UNIVERSAL DE SEGUROS, S.A

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al represente del Ministerio Público para que apodere a la Sala del expediente de que se trata

OIDO: Al DR. TOMAS MONTERO DE O´OLEO, Abogado Ayudante del Procurador General de esta Corte, en representación del Ministerio Público, hacer la exposición del hecho objeto de la prevención y apoderar formalmente a la Corte de los recursos de apelación que se tratan

OIDO: A.M.J.P. manifestar a las partes si existe algún pedimento o medida de instrucción previo al conocimiento del fondo del proceso

OIDO: Al LIC. L.R.C.M., solicitar a la Corte lo siguiente: "Que se le de lectura a las declaraciones de DIONISIO PÉREZ"

OIDA: A la DRA. O.M.O. abogada de la parte civil constituida, manifestar a la Corte lo siguiente: " Nos oponemos al pedimento de la defensa"

OIDO: Al LIC. L.R.C.M., solicitar a la Corte lo siguiente: "Verificar si está citado SEBASTIÁN CONFESOR NÚÑEZ"

OIDO: Al DR. TOMAS MONTERO DE O´OLEO, Abogado Ayudante del Procurador General de esta Corte, manifestar a la Corte lo siguiente: "Creemos que se debe conocer al fondo"

OIDO: A.D.J.D.M.,, solicitar a la Corte lo siguiente: "Que se nos libre acta por secretaria de que LEASING POPULAR, S.A., solicitó formalmente a la Corte (2da. Sala) que el señor SEBASTIÁN NÚÑEZ ROJAS co-conductor en el accidente que nos ocupa y en razón de que la sentencia de primer grado que le había descargado de responsabilidad del presente hecho, fue anulada mediante fallo incidental de esta Corte, durmiendo el poseso en un único _____________________________________________________________ "

OIDO: A.M.J.P. ordenarle al prevenido ponerse de pie y manifestar que la Corte se retira a deliberar

"LA CORTE FALLA, PRIMERO: Declarar como al efecto declara, que la Corte, mediante sentencia de fecha diecisiete (17) de agosto del año dos mil uno (2001), anulo la sentencia de fecha tres (03) de marzo del años dos mil (2000), dictada por la Cuarta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, por resolución u omisión no amparada de forma prescrita por la Ley, a pena de nulidad, al no habérsele dado la oportunidad o haberla puesto en mora de concluir al fondo a la Compañía LEASING POPULAR, S.A., ni haberse transcrito íntegramente en el acta de audiencia sus conclusiones incidentales presentadas antes el Tribunal A-quo; SEGUND0: Declarar como al efecto declara, que es criterio de esta Corte, en cuanto se refiere al co-prevenido SEBASTIÁN CONFESOR NÚÑEZ ROJAS, que esta fue juzgado definitivamente por ante el Tribunal A-quo y que al no haber sido recurrida por el Ministerio Publico la sentencia que ocupa la atención de la Corte, en cuanto a esta en el aspecto penal, tiene autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, que de admitir que el señor S.C.N.R., tenga ante la Corte la calidad de prevenido por haber sido anulada la sentencia de fecha tres (03) de marzo del años dos mil (2000), violaría el artículo 8vo. Inciso 2do. letra (N) de la constitución de la República, según el cual, nadie puede ser juzgado dos veces por lo misma causa, por lo que es improcedente e infundado, que el señor S.C.N.R., ocupe asiento en el banquillo de los acusados; TERCERO: Ordenar como al efecto ordena, librar acta a la entidad LEASING POPULAR, S.A., de lo solicitado por ella en sus conclusiones in-voce presentadas en esta audiencia y que figuran copiadas en el acta de audiencia al efecto; CUARTO: Ordena la continuación de la vista de la causa"

ODIO: Al prevenido F.N.P., en sus declaraciones ante esta Corte; "Yo iba transitando en la calle mencionada, con el vehículo del señor, no había nada ; yo le dije que fuéramos a la policía, le sacaron copias a mis documentos y me dijeron que fuera a la oficina de Bienes Raíces al otro día

Parte Civil Pregunta

  1. - ¿Cuándo ve el vehículo de frente acababa de entrar a la calle? Res. Yo estaba en la misa dirección de la carretera;2.- ¿En que carril? Res. Derecho3.- ¿Cuántos vehículos caben? Res. Dos (2) 4.- ¿Por qué se estrello con la camioneta? Res. Porque me lo obligo el vehículo que venia al frente. 5.- ¿Qué velocidad tenia usted? Res. No estaba más de 40, 6.- ¿Era una vía residencial? Res. Si. 7.- ¿Tiene hoyos la calle y esta pavimentada? Res. Si, 8.- ¿Le firmo un papel que le contaba su culpabilidad? Res. Si. 9.- ¿Usted acepta que fue culpable? Res. Si, pero no hubo agraviado. 10.- ¿por qué no si había personas? Res. No. 11.- ¿Estaba inquiriendo alcohol? Res. No, yo me quede esperando que ellos me trajeran los papeles originales. 12.- ¿Por qué los vecinos del barrio lo rodearon a usted? Res. No se

    Defensa Pregunta: DR. J.D.M.

  2. - ¿Señale a la Corte en que distancia el vehículo le salió de frente? Res. De aquí al primer banco (del estrados al banco de la primera fila de la sala de audiencia) 2.- ¿Le ratifica a la Corte que el vehículo doblo a la derecha o a la izquierda de él? Res. El voló hacia encima de mi3.- ¿cuándo la luz es alta molesta en los ojos? Res. Más. 4.- ¿ usted transitaba en la misma dirección del vehículo? Res. El vehículo estaba estacionado en sentido contrario. 5.- ¿Cuál fue la causa que produjo el accidente? Res. El hecho de que el vehículo que viene de frente me ofusco la vista. 6.- ¿Te declararte culpable con relación al choque? Res. Si al choque si. 7.- ¿Si puede decir a la Corte era una velocidad rápida? Res. Si. 7.- ¿Ratifica que no habían personas? Res. Si

    Defensa Pregunta: LIC. L.R.C. MEJIA

  3. - ¿dónde trabaja? Res. Almacenes Vega Real, 2.- ¿Quién le trazaba la meta? Res. Yo mismo, yo trabajo normal, soy vendedor. 3.- ¿Dónde trabaja? Res. Almacenes Vega Real. 4.- ¿Usted recibió ordenes o instrucciones de Almacenes? Res. No. 5.- ¿El vehículo era suyo o de LEASING POPULAR? Res. Pero ni era de la compañía

    Defensa Pregunta: DR. JOSÉ DARÍO MARCELINO

  4. - ¿Quien andaba en la...

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