Sentencia nº 1084 de 2ª Sala de la Camara Penal, 28 de Diciembre de 2001

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2001
EmisorSegunda Sala de la Camara Penal

FECHA 28/12/2001

MATERIA HÁBEAS CORPUS

INVOLUCRANTE (S)

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

027-79-00546

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida por los Magistrados LIC. M.C.G.B., J.P., DR. R.H.G.P., J.; D.M.D.S.P.G., J.; administrando justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, por autoridad de la ley, en mérito del artículo 455 del Código de Procedimiento Criminal; luego de ser oído el dictamen del Magistrado Procurador General de esta Corte, dicta en audiencia pública de fecha veintiocho (28) de diciembre del año dos mil uno (2001), la siguiente sentencia

FALLA

PRIMERO

Acoge el dictamen del representante del Ministerio Público, en tal sentido, pronuncia la perención de la instancia en favor de F.R., impetrante en mandamiento de Habeas Corpus, Ley 5353, en razón de haber transcurrido más de tres años desde el último acto de procedimiento o de persecución en el proceso, en virtud de lo establecido por el artículo 455 del Código de Procedimiento Criminal

SEGUNDO

Se declaran de oficio las costas penales del proceso

Y por ésta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma

Firmado: LIC. M.G.B., DR. R.H.G.P. y DR. M.D.S.P.G.. C.E.J.M., Secretaria

Boletín de Diciembre 2001

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