Sentencia nº 1233 de 1ª Sala de la Camara Penal, 12 de Diciembre de 2002

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2002
EmisorPrimera Sala de la Camara Penal

FECHA 12/12/2002

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) G.A.A.M.G.A.A.M.

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicia

P. No. : 355-02

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil dos (2002), año 159 de la Independencia y 139 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los jueces, DR. N.D.F., J.P. en funciones; D.I.P.C.H., J.; DR. MODESTO ANT. M.M., J.; Presente el DRA. J.R.D.F., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria ad- hoc

Siendo las nueve (9:00) horas de la mañana del día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia a fin de conocer los recursos de apelación interpuestos por: a) el nombrado G.A.A.M. en representación de si mismo, en fecha 15 de marzo del 2002; b) El DR. MAXIMO J. CORREA Y EL DR. A.S., en fecha 15 de marzo del 2002,; ambos en contra de la sentencia marcada con el número 83-02, de fecha catorce (14) de marzo de 2002, dictada por la Cuarta Sala Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, cuyo dispositivo se copiara al final de esta sentencia

OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol

LLAMADO: Al acusado G.A.A.M., dominicano, constructor, 27 años de edad, casado, no porta cédula, domiciliado y residente en la calle Iberia, No. 7, Las Palmas de H.. Santo Domingo

LLAMADO: Al nombrado R.A.C., dominicano, chofer, 52 años de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-16501-2,casado, residente en el ensanche K., calle 4ta., #8

LLAMADO: Al nombrado A.A.D., dominicano, Empleado Público, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0793402-8, soltero, 37 años de edad, residente en Las Palmas de H., calle Altagracia, No. 26

LLAMADO: Al nombrado N.J.F.V., dominicano, taxistas, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0681580-6, soltero, 45 años de edad, residente en Las Caobas, Manzana 356, No. 13

LLAMADO: Al nombrado I.M., dominicano, Domestica, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-062627-9, soltera, 43 años de edad, residente en Las Palmas de H., calle Altagracia, No. 11 parte atrás

LLAMADO: Al nombrado B.M.P., dominicano, Domestica, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0882799-9, soltero, 54 años de edad, residente en Las Palmas de H., calle Altagracia, No. 11

LLAMADO: Al nombrado PEDRO DE LEON, dominicano, chofer, portador de la cédula de identidad y electoral No. 093-0000978-3, soltero, 54 años de edad, residente en calle Iberia, No. 03, Las Palmas

LLAMADO: Al nombrado J.J.A.S., dominicano, domestica, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0681380-1 soltera, 48 años de edad, residente en Las Palmas de H., calle Cuatro, No. 43, p/a

LLAMADO: Al nombrado E.V., dominicano, administradora, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-074235-2 soltera, 46 años de edad, residente en Las Palmas de H., calle Cuatro, No. 04

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle la palabra al abogado de la parte civil constituida a los fines que viertas sus calidades

OIDO: A la LIC. A.B.C.V., abogados constituidos en parte civil, quien actúa en nombre y representación del señor N.J.F., en contra del acusado GUSTAVO ALBERTO ALMONTE MARTINEZ

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle la palabra al abogado de la defensa a los fines que viertas sus calidades

OIDO: A los DRES. P.J.D.C., C.A.P. y F.L., abogados constituidos en la defensa, quien actúa en nombre y representación del acusado GUSTAVO ALBERTO ALMONTE MARTINEZ

OIDO: A.M.J.P. ofrecerte la palabra al representante del Ministerio Público a los fines de que apodere a la Corte del expediente de que se trata

OIDO: A la DRA. J.R.D.F., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente

OIDO: A.M.J.P., manifestar a las partes si existe alguna oposición o pedimento previo al conocimiento del presente proceso

OIDO: A las partes manifestar a la Corte que no tienen oposición al conocimiento del presente proceso

OIDO: A.M.J.P., ordenar por secretaría la lectura de la sentencia de fecha catorce (14) de marzo de 2002, dictada por la Cuarta Sala Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y los recursos de apelación interpuestos por: 1) DR. MAXIMO J. CORREA Y EL DR. A.S., en fecha 15 de marzo del 2002, 2) G.A.A.M. en representación de sí mismo; ambos en contra de la sentencia marcada con el número 83-02, de fecha catorce (14) de marzo de 2002

OIDO: Al querellante N.J.F.V. en sus declaraciones ofrecidas a la Corte

OIDO: Al informante A.A.D. en sus declaraciones ofrecidas a la Corte

OIDO: Al testigo R.A.C. en sus declaraciones ofrecidas a la Corte previo ser formalmente juramentado

OIDO: A.M.J.P., ordenar por secretaría la lectura de las declaraciones del menor en el Tribunal de Niños Niñas y Adolescentes y el análisis forense

OIDO: Al acusado G.A.A.M. en sus declaraciones ofrecidas a la Corte

Vista las piezas y documentos que obran en el expediente

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle la palabra al abogado de la parte civil constituida a los fines de que concluya

OIDO: A LA LIC. A.B.C.V. en representación de la parte civil constituida, en sus alegatos y posteriormente sus conclusiones; PRIMERO: Declara bueno y valido en cuanto a la forma la presente constitución en parte civil acogida por el tribunal de primer grado. SEGUNDO: Que independientemente de la confirmación de la sentencia penal, que habla de confirmar las sanciones del acusado, sea confirmada la indemnización civil de un peso, que fue acogida

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público a los fines de que pronuncie su dictamen

OIDO: A la DRA. J.R.D.F., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, en sus motivos y conclusiones, las cuales finalizan de la forma siguiente: "PRIMERO: Que sean declarados buenos y válidos los recursos de apelación interpuestos por el DR. MAXIMO CORREA y el DR. A.S. y por el acusado G.A.A.M., en cuanto a la forma; SEGUNDO: En cuanto al fondo, confirmar la sentencia de primer grado, de haber cometido los hechos, por haber quedado demostrado y el inculpado no ha podido demostrar lo contrario en cuanto a los hechos; TERCERO: Que sea condenado el acusado G.A.A.M. al pago de las costas penales del proceso; CUARTO: El aspecto Civil lo...

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