Sentencia nº 1015 de 1ª Sala de la Camara Penal, 3 de Diciembre de 2003

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2003
EmisorPrimera Sala de la Camara Penal

FECHA 3/12/2003

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) C.M.R.C.M.R. CUEVAS

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República Dominicana

Poder Judicia

P. No. 501-03-00439

En la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (03) días del mes de diciembre del año dos mil tres (2003), año 160 de la Independencia y 141 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los jueces, LIC. JOSE ARTURO URIBE EFRES, J.P.; D.N.D.F., J.; D.M.A.H.V., Juez; Presente el DR. F.P.L., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria ad- hoc

Siendo las nueve (9:00) horas de la mañana del día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia pública a fin de conocer el recurso de apelación interpuesto por el nombrado C.M.R.C., en representación de sí mismo, en fecha primero (1ro.) de mayo del 2003; en contra de la sentencia marcada con el número 4660-03 de fecha primero (1ro.) de mayo del 2003, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta acta de audiencia

OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol

LLAMADO: Al acusado C.M.R.C., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, casado, no porta cédula de identidad, obrero, domiciliado en la calle J.J. No. 8 del sector Los Mina, República Dominicana

LLAMADO: A la informante CAROLINA RAMIREZ CUEVAS, de generales de Ley, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1685991-9, estudiante, domiciliada en la calle doctor A.L. No. 19, parte atrás del sector Los Mina, República Dominicana

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa a los fines de que vierta sus calidades

OIDO: A la LIC. DARKIS DE LEON, abogada de oficio de esta Corte, quien actúa en nombre y representación del nombrado C.M.R. CUEVAS a los fines de asistirlo en sus medios de defensa

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público para que apodere a la Corte del expediente de que se trata

OIDO: A.D.F.P.L., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente

OIDO: A.M.J.P. ordenar el llamado de los militares actuantes, quienes no estuvieron presentes en la sala de audiencias

OIDO: A.M.J.P., manifestar a las partes si existe alguna oposición o pedimento previo al conocimiento del presente proceso

OIDO: A las partes manifestar a la Corte que no tienen oposición al conocimiento del presente proceso

OIDO: A.M.J.P., ordenar por secretaría la lectura de la sentencia de fecha primero (1ro.) de mayo del 2003, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y al recurso de apelación interpuesto por el nombrado C.M.R.C., en representación de sí mismo, en fecha primero (1ro.) de mayo del 2003

OIDO: A la informante CAROLINA RAMIREZ CUEVAS, en sus declaraciones ofrecidas a la Corte

OIDO: A.M.J.P., ordenar por secretaría la lectura del acta de allanamiento y del certificado de análisis químico forense

OIDO: Al acusado C.M.R.C., en sus declaraciones ofrecidas a la Corte

VISTAS: Las piezas y documentos que obran en el expediente

OIDO: A.M.J.P. cerrar la instrucción del proceso, abrir los debates y ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público a los fines de que pronuncie su dictamen

OIDO: A.D.F.P.L., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, en sus motivos y dictamen el cual finaliza de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se acoja como bueno y válido en cuanto a la forma el recurso de apelación interpuesto por el nombrado C.M.R.C., en representación de sí mismo, en fecha primero (1ro.) de mayo del 2003; en contra de la sentencia marcada con el número 4660-03 de fecha primero (1ro.) de mayo del 2003, por haber sido hecho en tiempo hábil y conforme a la ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo, que esta honorable Corte tenga a bien confirmar la sentencia recurrida por ser justa y dada conforme a los hechos y al derecho"

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa, a los fines de que pronuncie sus alegatos y posteriores conclusiones

OIDO: A la LIC. DARKIS DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR