Sentencia nº 365 de Cámara Penal, 31 de Julio de 2004

Fecha de Resolución31 de Julio de 2004
EmisorCámara Penal

FECHA 31/7/2004

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) EUCLIDES EMELSON SANTANA MONTERO (A) MEMEEUCLIDES EMELSON SANTANA MONTERO (A) MEME

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

EXP. No. 365/2004

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

LA CAMARA DE CALIFICACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida por los Magistrados: DR. P.A.S.R.J. de la Corte, P.; D.A.O.S.M., Juez de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia Distrito Nacional, Miembro; D.S.A.O.J. de la Sexta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia Distrito Nacional, Miembro; asistidos de la infrascrita Secretaria

VISTAS y examinadas todas las piezas que forman el proceso No. 365/2004 a cargo del nombrado E.E.S.M. (A) MEME inculpado del crimen de violación a los artículos 379, 384 y 385 del Código Penal

VISTO: El recurso de apelación interpuesto por la LICDA. A.M.A., en nombre y representación del nombrado E.E.S.M., en fecha nueve (9) del mes de septiembre del año 2004

VISTO: El auto de requerimiento y dictamen del Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, de fecha 29 de junio del 2004, en el cual requiere a la Cámara de Calificación confirmar la presente Providencia Calificativa

VISTO: El auto dictado por el Juez Presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional en fecha 28 de julio del 2004, convocando la Cámara de Calificación para el día 31 de julio del 2004, conformada por los Magistrados: DR. P.A.S.R.J. de la Corte, P.; D.A.O.S.M., Juez de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia Distrito Nacional, Miembro; D.S.A.O.J. de la Sexta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia Distrito Nacional, Miembro; F.D.B.D.M., como Secretaria de la Cámara de Calificación del Distrito Nacional; la LIC. K.S.P.S., como Encargada de la Cámara de Calificación del Distrito Nacional

CONSIDERANDO: Que el Juez de Instrucción realizó todos los actos de procedimiento de manera regular

CONSIDERANDO: Que procede declarar buenas y válidas, acogiéndolas para el presente caso, las motivaciones vertidas por el Juez de Instrucción, confirmando así la

decisión dada al respecto

POR TALES MOTIVOS

VISTOS: Los artículos 379, 384 y 385 del Código Penal; 127, 133, 134 y 135 del Código de Procedimiento Criminal, modificados por la Ley No. 342-98 de fecha 14 de agosto de 1998

RESOLVEMOS

PRIMERO

Declara bueno y válido, en cuanto a la...

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