Sentencia Nº TC/0008/18 de Tribunal Constitucional, 18-01-2018

Número de sentenciaTC/0008/18
Fecha18 Enero 2018
Número de expediente TC-04-2017-0077
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0077, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por R.y
H.G.M. contra la Resolución núm. 4118-2013 dictada por la Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia el trece
(13) de noviembre de dos mil trece (2013). Página 1 de 34
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0008/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0077, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por R..H.er G..
.
M. contra la Resolución núm. 4118-
2013 dictada por la Segunda S. de la
Suprema Corte de Justicia el trece (13) de
noviembre de dos mil trece (2013).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de enero del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.V..S., segundo sustituto; A.I.
.
B..H., V..J..C..P., J.C..D., R.
.
D.F., W.S.. G.R., K.M.J.M. e
I.R., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución, así
como en los artículos 9, 53 y 54 de la Ley núm. 137-11, Orgánica de Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales del trece(13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0077, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por R.y
H.G.M. contra la Resolución núm. 4118-2013 dictada por la Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia el trece
(13) de noviembre de dos mil trece (2013). Página 2 de 34
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la resolución recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Resolución núm. 4118-2013, objeto del presente recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional, dictada por la Segunda S. de la Suprema
Corte de Justicia el trece (13) de noviembre de dos mil trece (2013), cuyo dispositivo
reza de la siguiente manera:
Primero: Declara inadmisible el recurso por R.H..G.
.
M., contra la sentencia núm. 277-2013, dictada por la S. de la
Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo
Domingo el 10 del mes de junio de 2013; Segundo: Declara las costas
penales del procedimiento en grado de casación de oficio, en razón del
imputado haber sido asistido por la Oficina Nacional de la Defensoría
Pública; Tercero: Ordena que la presente resolución sea notificada a las
partes y al J. de la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de
Santo Domingo.”
En el expediente reposa el Oficio Núm. 6993, emitido por la secretaria de la Suprema
Corte de Justicia, mediante el cual se notifica la resolución anteriormente descrita,
al licenciado A..M.G., abogado de la parte recurrente, el dieciocho (18)
de abril de dos mil dieciséis (2016).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El recurrente, señor R..H..G.M., el veintiséis (26) de abril de
dos mil dieciséis (2016), interpuso el presente recurso de revisión constitucional de
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0077, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por R.y
H.G.M. contra la Resolución núm. 4118-2013 dictada por la Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia el trece
(13) de noviembre de dos mil trece (2013). Página 3 de 34
decisión jurisdiccional contra la referida resolución núm. 4118-2013 dictada por la
Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia el trece (13) de noviembre de dos mil
trece (2013), en el cual solicita la nulidad de la resolución anteriormente descrita.
El recurso precedentemente citado fue notificado a la parte recurrida, Procuraduría
General de la República, mediante el Oficio núm. 13125, emitido por la secretaria
de la Suprema Corte de Justicia, el veintisiete (27) de octubre de dos mil dieciséis
(2016), recibido el veintiocho (28) de octubre de dos mil dieciséis (2016).
Así como también, mediante el Acto núm. 626/2016, instrumentado por el
ministerial E.M.E., alguacil ordinario de la Suprema Corte de
Justicia el ocho (8) de septiembre de dos mil dieciséis (2016), se notifica dicho
recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional a los señores G.
.
V..H. y S..P..C., mediante procedimiento de domicilio
desconocido.
3. Fundamento de la sentencia objeto del recurso de revisión constitucional
de decisión jurisdiccional
La Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia, en su Resolución núm. 4118-2013,
declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el señor M.
.
R.I., y se fundamenta bajo los siguientes argumentos:
a. Atendido, que conforme resolución emitida por las S.s Reunidas de
la Suprema Corte de Justicia el 14 de marzo de 2013, fue establecido que el
plus motivacional a adoptar en cada caso dependerá esencialmente de la
naturaleza de la resolución, de manera pues, que determinadas resoluciones
requerirán de una motivación reforzada, mientras que en otras bastará con
una motivación sucinta, tal sería el caso de la presente resolución, en la
cual sólo debe comprobarse si se dan los presupuestos procesales derivados

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