Sentencia Nº TC/0027/20 de Tribunal Constitucional, 06-02-2020

Número de sentenciaTC/0027/20
Número de expediente TC-04-2018-0102
Fecha06 Febrero 2020
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0102, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Zacarías Reyes Mojica y Agustín Francisco Padrón Rivas contra la Sentencia núm. 242, dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el tres (3) de abril de dos mil diecisiete (2017).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0027/20
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2018-0102, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por Zacarías
Reyes Mojica y Agustín Francisco
Padrón Rivas contra la Sentencia núm.
242, dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el tres (3) de
abril de dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los seis (6) días del mes de febrero del año dos mil veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José
Alejandro Ayuso, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 277 de la Constitución y 9 y 53 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos
Constitucionales, de fecha trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0102, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Zacarías Reyes Mojica y Agustín Francisco Padrón Rivas contra la Sentencia núm. 242, dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el tres (3) de abril de dos mil diecisiete (2017).
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1. Descripción de la sentencia recurrida
El presente caso se contrae a un recurso de revisión de decisión jurisdiccional
interpuesto contra la Sentencia núm. 242, dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el tres (3) de abril de dos mil diecisiete (2017), cuya
parte dispositiva, copiada a la letra, expresa lo siguiente:
Primero: Declara regular en la forma el recurso de casación
interpuesto por Zacarías Reyes Mojica y Agustín Francisco Padrón
Rivas, contra la sentencia núm. 544-2016-SSEN-00168, dictada por la
Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento
Judicial de Santo Domingo el 5 de mayo de 2016, cuyo dispositivo
aparece copiado en parte anterior del presente fallo.;
Segundo: Rechaza en el fondo el indicado recurso por las razones
citadas en el cuerpo de esta decisión;
Tercero: Condena a los recurrentes al pago de las costas del
procedimiento;
Cuarto: Ordena la notificación de la presente decisión a las partes y al
Juez de la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de Santo
Domingo para los fines pertinentes.
En el expediente no reposa documento que acredite la notificación de la
sentencia objeto del presente recurso a los señores Zacarías Reyes Mojica y
Agustín Francisco Padrón Rivas.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional
Los recurrentes, señores Zacarías Reyes Mojica y Agustín Francisco Padrón
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0102, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Zacarías Reyes Mojica y Agustín Francisco Padrón Rivas contra la Sentencia núm. 242, dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el tres (3) de abril de dos mil diecisiete (2017).
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Rivas, interpusieron el tres (3) de julio de dos mil diecisiete (2017) un recurso
de revisión de decisión jurisdiccional contra la Sentencia núm. 242, dictada por
la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el tres (3) de abril de dos mil
diecisiete (2017).
Dicho recurso fue notificado mediante Oficio núm. 19013-2017, emanado de la
Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia el doce (12) de octubre de
dos mil diecisiete (2017) y notificado a la Procuraduría General de la República
el trece (13) de octubre de dos mil diecisiete (2017).
3. Fundamentos de la sentencia y la resolución recurrida en revisión
constitucional
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, mediante la Sentencia núm.
242, rechazó el recurso de casación interpuesto por los señores Zacarías Reyes
Mojica y Agustín Francisco Padrón Rivas contra la Sentencia núm. 544-2016-
SSEN-00168, dictada por la Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación
del Departamento Judicial de Santo Domingo el cinco (5) de mayo de dos mil
dieciséis (2016). Para justificar su decisión, entre otros argumentos, presentan
los siguientes:
Considerando, que el primer alegato del recurrente consiste sobre la
solicitud de declaratoria de extinción de la acción penal por
vencimiento del plazo máximo en razón de que, a decir de él, el proceso
está vencido; aspecto que esta Sala procede a responder.
Considerando, que es preciso señalar que la extinción de la acción
penal por haber transcurrido el tiempo máximo de duración del proceso
se impone sólo cuando la actividad procesal ha discurrido sin
planteamientos, por parte de del imputado, de incidentes que tiendan a
dilatar el desenvolvimiento normal de las fases preparatorias o de

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