Sentencia Nº TC/0032/19 de Tribunal Constitucional, 05-04-2019

Número de sentenciaTC/0032/19
Número de expediente TC-05-2018-0118
Fecha05 Abril 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0118, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
Esmiralda, S.R.L., contra la Sentencia núm. 0269-17-01022, dictada por el Tribunal d e Tierras de Jurisdicción Original de Puerto
Plata el veintiocho (28) de noviembre de dos mil diecisiete (2017). Página 1 de 25
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0032/19
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0118, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por Esmiralda, S.R.L., contra la
Sentencia núm. 0269-17-01022, dictada
por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción
Original de Puerto Plata el veintiocho (28)
de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cinco (5) día del mes de abril del año dos mil diecinueve (2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Domingo Antonio Gil, Wilson
S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, 9, 94 y siguientes de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0118, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
Esmiralda, S.R.L., contra la Sentencia núm. 0269-17-01022, dictada por el Tribunal d e Tierras de Jurisdicción Original de Puerto
Plata el veintiocho (28) de noviembre de dos mil diecisiete (2017). Página 2 de 25
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en materia
de amparo
La Sentencia núm. 0269-17-01022, objeto del presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo, fue dictada por el Tribunal de Tierras de
Jurisdicción Original de Puerto Plata el veintiocho (28) de noviembre de dos mil
diecisiete (2017), la cual, copiada a la letra su parte dispositiva, expresa lo siguiente:
PRIMERO: SE DECLARA INADMISIBLE, la instancia recibida en la
secretaría de este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Puerto
Plata, en fecha primero (01) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017),
suscrita por los LICDOS. Nelson Manuel Jaquez Suarez, Samir Alfonso
Mateo Coradin, Nelson Emmanuel Camilo Garrido y Luis Eduardo
Hernández Báez, en representación de la sociedad comercial Esmiralda,
S.R.L., mediante la cual interpone formal acción de amparo, concerniente
al inmueble Parcela No. 208, del distrito catastral No. 9, designaciones
catastrales Nos. 311992417819, 311992402969, 311992429716,
311992248478, 311992341619, 311992453640, 311992455326,
311992458005, 311992445940, 311992443792, 311992443416,
311992442272, 311992433939, 311992434788, 311992359189,
31199248936, 311992348606, 311992347258 del municipio y provincia de
Puerto Plata; en contra de las sociedades comerciales Tisha Investments
Overseas, LTD, Lifestyle Real Estate Holding, Inc., Lifestyle Holidays
Vacation Club, Inc., Lifestyle Holidays Assets Holding, SRL., Quismar
Dominicana, SRL., y Markus Wishenbart, por los motivos antes expuestos.
SEGUNDO: Se exime el proceso de costas, en virtud del principio de
gratuidad que rige estos procesos.
La referida sentencia fue notificada a la sociedad Esmiralda, S.R.L., mediante el
Acto núm. 1459/2017, instrumentado por el ministerial Samuel Andrés Crisostomo

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