Sentencia Nº TC/0036/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021

Número de sentenciaTC/0036/21
Fecha20 Enero 2021
Número de expediente TC-04-2019-0034
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm.TC-04-2019-0034, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la
señora Mercedes Fernández Caba contra la Sentencia núm. 73, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia
el ocho (8) de febrero de dos mil diecisiete (2017).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0036/21
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0034, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional incoado por la señora
Mercedes Fernández Caba contra la
Sentencia núm. 73, dictada por la
Tercera Sala de la Suprema Corte de
Justicia el ocho (8) de febrero de dos
mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintiún
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto;
Hermógenes Acosta de los Santos, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel
Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez Ramírez y Katia Miguelina
Jiménez Martínez, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y
9, 53 y 54 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm.TC-04-2019-0034, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la
señora Mercedes Fernández Caba contra la Sentencia núm. 73, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia
el ocho (8) de febrero de dos mil diecisiete (2017).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión
La Sentencia núm. 73, objeto del presente recurso de revisión, fue dictada por
la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el cocho (8) de febrero de dos
mil diecisiete (2017). Dicha decisión casó con envío el recurso de casación
interpuesto por la señora Rita Olivary Espino, contra la Sentencia núm.
201500169, de tres (3) de noviembre de dos mil quince (2015), dictada por el
Tribunal superior de Tierras de San Francisco de Macorís. El dispositivo de la
sentencia recurrida es el siguiente:
Primero: Casa la sentencia dictada por el Tribunal Superior de
Tierras del Departamento Noroeste, el 3 de noviembre de 2015, en
relación con la Parcela núm. 3760 del Distrito Catastral núm. 7,
del municipio y provincia de Samaná, cuyo dispositivo figura
copiado en parte anterior del presente fallo, y envía el asunto ante
el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Norte; Segundo:
Compensa las costas.
No consta en el expediente notificación de la sentencia a la parte recurrente.
2. Presentación del recurso de revisión
El presente recurso de revisión fue interpuesto por Mercedes Fernández Caba
el trece (13) de septiembre de dos mil diecisiete (2017) contra la Sentencia núm.
73, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el ocho (8) de
febrero de dos mil diecisiete (2017), bajo el alegato de que dicha decisión
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm.TC-04-2019-0034, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la
señora Mercedes Fernández Caba contra la Sentencia núm. 73, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia
el ocho (8) de febrero de dos mil diecisiete (2017).
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judicial es violatoria de los artículos 39, numerales 1,3,4 y 5; 40, numeral 15;
51, numerales 1 y 2; 55, numerales 1, 2, 3, y 4; 68 y 69 de la Constitución de la
República,
Dicho recurso fue notificado a la recurrida Rita Olivary Espino, mediante el
Acto núm. 041/2018, instrumentado por Pedro M, King William, alguacil
ordinario del juzgado de la Instrucción de Samaná, el trece (13) de febrero de
dos mil dieciocho (2018).
3. Fundamento de la sentencia recurrida
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia fundamentó su decisión en las
consideraciones siguientes:
a. (…) que de las motivaciones previamente transcritas, adoptadas
por el Tribunal Superior de Tierras, para decidir de la forma que consta
en su sentencia, revelan, que dichos jueces incurrieron en una falta de
instrucción y de ponderación de elementos sustanciales para decidir,
que condujo a una aplicación incorrecta del artículo 90 de la Ley núm.
108-05, tal como ha sido invocado por la recurrente, y por vía de
consecuencia, también aplicaron, de manera inadecuada, el principio
de publicidad y de oportunidad de un derecho registrado que se deriva
de dicha disposición legal.
b. (…) que, si bien es cierto lo que señalan dichos jueces en su
sentencia de que, bajo la normativa inmobiliaria vigente, “toda
operación inmobiliaria requiere de una certificación del estado jurídico
del inmueble”, el solo hecho de que en la especie la hoy recurrente no

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