Sentencia Nº TC/0038/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021

Número de sentenciaTC/0038/21
Número de expediente TC-05-2019-0205
Fecha20 Enero 2021
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0205, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia amparo incoado por la Junta
de Vecinos de la Lotería, Los Maestros y 30 de Marzo, Inc., contra la Sentencia núm. 0514-2019-ECIV-00270, dictada por
la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, el siete
(07) de junio de dos mil diecinueve (2019).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0038/21 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2019-0205, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por la Junta de
Vecinos de la Lotería, Los Maestros y
30 de Marzo, Inc., contra la Sentencia
núm. 0514-2019-ECIV-00270,
dictada por la Presidencia de la
Cámara Civil y Comercial del Juzgado
de Primera Instancia del Distrito
Judicial de Santiago, el siete (07) de
junio de dos mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintiuno
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto;
Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard
Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Víctor Joaquín Castellanos Pizano,
Domingo Antonio Gil, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez
Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4
de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
República Dominicana
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Expediente núm. TC-05-2019-0205, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia amparo incoado por la Junta
de Vecinos de la Lotería, Los Maestros y 30 de Marzo, Inc., contra la Sentencia núm. 0514-2019-ECIV-00270, dictada por
la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, el siete
(07) de junio de dos mil diecinueve (2019).
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Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio
de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0514-2019-ECIV-00270, objeto del presente recurso de
revisión constitucional de sentencia de amparo, fue dictada por la Presidencia
de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Judicial de Santiago, el siete (7) de junio de dos mil diecinueve (2019. En su
dispositivo, se hace constar lo siguiente:
PRIMERO: OTORGA el amparo a la Junta de Vecinos de La Lotería,
Los Maestros y 30 de Marzo, Inc., en la acción constitucional de amparo
promovida en contra del Concejo Municipal del Ayuntamiento del
municipio de Santiago, Alcaldía del Ayuntamiento del municipio de
Santiago y el Departamento de Asuntos Comunitarios de la
Procuraduría Fiscal de Santiago, por los motivos señalados.
SEGUNDO: DISPONE la suspensión de las elecciones para elegir la
Directiva de la Junta de Vecinos de la Lotería, Los Maestros y 30 de
Marzo, Inc., convocadas y organizadas por el Concejo Municipal del
Ayuntamiento del municipio de Santiago, a celebrarse el día 9 de junio
del 2019, por los motivos señalados. TERCERO: ORDENA a la Junta de
Vecinos de La Lotería, Los Maestros y 30 de Marzo, Inc., organizar y
celebrar las elecciones correspondientes al año 2019, conforme a las
disposiciones de los artículos 68 y siguientes de los Estatutos que
regulan la Junta de Vecinos de La Lotería, Los Maestros y 30 de Marzo,
Inc., para lo cual deberá actualizar el listado o padrón de los miembros
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Expediente núm. TC-05-2019-0205, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia amparo incoado por la Junta
de Vecinos de la Lotería, Los Maestros y 30 de Marzo, Inc., contra la Sentencia núm. 0514-2019-ECIV-00270, dictada por
la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, el siete
(07) de junio de dos mil diecinueve (2019).
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de la junta y convocar a una asamblea con la finalidad de elegir el (sic)
Comisión Electoral, obviando la elegida en la asamblea celebrada el 1
de noviembre de 2018. CUARTO: EXHORTA al Concejo Municipal del
Ayuntamiento del municipio de Santiago, a la Alcaldía del Ayuntamiento
del municipio de Santiago y al Departamento de Asuntos Comunitarios
de la Procuraduría Fiscal de Santiago, brindar el apoyo logístico,
moral, y asesoría, para el montaje de las elecciones señaladas.
QUINTO: RECHAZA las excepciones de inconstitucionalidad y de
nulidad, planteadas por la parte accionante, por los motivos señalados.
SEXTO: DECLARA libre de costas la presente acción constitucional de
amparo. SEPTIMO: FIJA para el día 14 de junio del 2019, la lectura
integra de esta decisión.
La sentencia previamente descrita fue notificada a requerimiento de la parte
recurrente Junta de Vecinos de La Lotería, Los Maestros y 30 de Marzo, Inc.,
conjuntamente a la instancia contentiva del recurso de revisión constitucional
que nos ocupa, a la parte recurrida, Concejo Municipal del Ayuntamiento del
municipio Santiago, Alcaldía del Ayuntamiento del municipio Santiago y el
Departamento de Asuntos Comunitarios de la Procuraduría Fiscal de Santiago,
mediante Acto núm. 161/2019, instrumentado por el ministerial Arquímedes de
Jesús Durán, alguacil ordinario del Primer Tribunal Colegiado de la Cámara
Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el
nueve (9) de julio de dos mil diecinueve (2019).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
La parte recurrente, Junta de Vecinos de La Lotería, Los Maestros y 30 de
Marzo, Inc., apoderó a este tribunal constitucional del recurso de revisión
constitucional contra la sentencia anteriormente señalada, mediante escrito

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