Sentencia Nº TC/0040/19 de Tribunal Constitucional, 03-05-2019

Número de sentenciaTC/0040/19
Fecha03 Mayo 2019
Número de expediente TC-04-2015-0220
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0220, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Nancy
Alejandrina Suazo de Bonó contra la S entencia num.17, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el
dieciocho (18) de febrero de dos mil quince (2015). Página 1 de 34
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0040/19
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2015-0220, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por Nancy Alejandrina Suazo
de Bonó contra la Sentencia num.17,
dictada por las Salas Reunidas de la
Suprema Corte de Justicia el dieciocho
(18) de febrero de dos mil quince (2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los tres (3) día del mes de mayo del año dos mil diecinueve (2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Hermógenes Acosta
de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson S.
Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y 9 y 53 de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0220, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Nancy
Alejandrina Suazo de Bonó contra la S entencia num.17, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el
dieciocho (18) de febrero de dos mil quince (2015). Página 2 de 34
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 17, objeto del presente recurso, fue dictada por las Salas
Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de febrero de dos mil
quince (2015), casó sin envío la sentencia recurrida y declararon que el tribunal
competente para conocer de la acción en reparación de daños y perjuicios de Nancy
Suazo de Bonó, es la jurisdicción civil, y su dispositivo reza de la siguiente manera:
PRIMERO: Admiten como interviniente a Nancy Alejandrina Suazo
Gatreaux, en el recurso de casación incoado por Barceló Bávaro Hoteles,
Bávaro Resort, Hotel y Casino (Bávaro Palace y Bávaro Casino), contra la
sentencia dictada por la Cámara Penal y de la Corte de Apelación del
Departamento Judicial de Santo Domingo el 28 de mayo de 2013, cuyo
dispositivo se copia en parte anterior del presente fallo”; “SEGUNDO
declaran bueno y válido, en cuanto a la forma, el recurso de casación
interpuesto por Barceló Bávaro Hoteles, Bávaro Resort, Hotel y Casino
(Bávaro Palace y Bávaro Casino), contra la sentencia indicada”;
TERCERO declaran con lugar, en cuanto al fondo, el recurso de casación
de que se trata, y casan sin envío la sentencia indicada, por los motivos
expuestos en el cuerpo de esta decisión”; “CUARTO: Declaran que el
tribunal competente para conocer de la acción en reparación de daños y
perjuicios de Nancy Suazo de Bonó, lo es la jurisdicción civil”; “QUINTO:
Compensan las costas”. “SEXTO: Ordenan que la presente decisión sea
notificada a las partes.
La sentencia anteriormente descrita fue notificada mediante Acto núm. 677/2015,
instrumentado por el ministerial José Ramón Núñez, alguacil ordinario de la
Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional
el veinte (20) de mayo del año dos mil quince (2015).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0220, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Nancy
Alejandrina Suazo de Bonó contra la S entencia num.17, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el
dieciocho (18) de febrero de dos mil quince (2015). Página 3 de 34
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El presente recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional fue
interpuesto contra la Sentencia núm. 17, dictada por las Salas Reunidas de la
Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de febrero de dos mil quince (2015), el
presente recurso de revisión fue interpuesto por la señora Nancy Alejandrina Suazo
de Bonó mediante instancia depositada en la Suprema Corte de Justicia el
diecinueve (19) de junio de dos mil quince (2015).
Dicho recurso fue notificado a la parte recurrente y sus abogados mediante Acto
núm. 196/2015, instrumentado por el ministerial Jonathan N. Rodríguez Peña,
alguacil ordinario del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el
veintitrés (23) de junio de dos mil quince (2015), y recibido en la misma fecha.
3. Fundamentos de la decisión recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia m. 17, objeto del presente recurso, dictada por las Salas Reunidas
de la Suprema Corte de Justicia, el fecha dieciocho (18) de febrero del año dos mil
quince (2015), declaró con lugar, en cuanto al fondo, y casó sin envío el recurso de
casación interpuesto por Barceló Bávaro Hoteles, Bávaro Resort, Hotel y Casino
(Bávaro Palace y Bávaro Casino), basado, entre otros motivos, en los siguientes:
a. Considerando: que los recurrentes, Barceló Bávaro Hoteles, Bávaro Resort,
Hotel Golf y Casino (Bávaro Palace y Bávaro Casino), alegan en su escrito de
casación, depositado por ante la secretaría de la Corte a-qua, los medios
siguientes:

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