Sentencia Nº TC/0042/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021

Número de sentenciaTC/0042/21
Fecha20 Enero 2021
Número de expediente TC-04-2019-0259
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0259, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor Carmelo Andújar contra la Resolución núm. 1396-2018, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia
el veinte (20) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0042/21
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0259, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por el señor
Carmelo Andújar contra la Resolución
núm. 1396-2018, dictada por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia el veinte (20) de febrero de dos
mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintiún
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José
Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Justo Pedro Castellanos Khoury,
Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución, así como en los
artículos 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0259, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor Carmelo Andújar contra la Resolución núm. 1396-2018, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia
el veinte (20) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
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de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
1.1. La Resolución núm. 1396-2018, objeto del presente recurso de revisión,
fue dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinte (20)
de febrero de dos mil dieciocho (2018). Este fallo inadmitió el recurso de
casación incoado por el señor Carmelo Andújar contra la Resolución núm.
0294-2017-SINA-00056, emitida por la Cámara Penal de la Corte de Apelación
del Departamento Judicial de San Cristóbal el treinta y uno (31) de octubre de
dos mil diecisiete (2017). El dispositivo de la referida resolución reza de la
manera siguiente:
Primero: Declara inadmisible el recurso de casación incoado por
Carmelo Andújar, contra la resolución núm. 0294-2017-SINA-00056,
dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del
Departamento Judicial de San Cristóbal el 31 de octubre de 2017, cuyo
dispositivo se copia en parte anterior de la presente resolución;
Segundo: Conde a Carmelo Andújar, al pago de las costas; Tercero:
Ordena que la presente resolución sea notificada a las partes; Cuarto:
Ordena la devolución del expediente al tribunal de origen a los fines
correspondientes.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0259, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor Carmelo Andújar contra la Resolución núm. 1396-2018, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia
el veinte (20) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
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1.2. La referida resolución fue notificada por la secretaria general de la
Suprema Corte de Justicia al recurrente, señor Carmelo Andújar, mediante
memorándum recibido el dieciséis (16) de julio de dos mil dieciocho (2018). En
dicho documento se hace constar que se le entregó al referido recurrente copia
simple de la decisión objeto del presente recurso de revisión, es decir, de la
Resolución núm. 1396-2018.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
2.1. En la especie, el señor Carmelo Andújar interpuso el presente recurso de
revisión contra la Resolución núm. 1396-2018, según instancia depositada en la
Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia el seis (6) de agosto de dos
mil dieciocho (2018). Mediante el citado recurso de revisión, la parte recurrente
invoca inobservancia de la ley, omisión de estatuir, falta de motivación de la
sentencia recurrida, así como la transgresión al derecho fundamental sobre el
debido proceso.
2.2. El recurso de que se trata fue notificado por el recurrente a la parte
recurrida, los señores Marino Tejeda Tejeda y Livian García Soriano, mediante
los actos núms. 133/2018 y 134/2018 instrumentados por la ministerial Jessica
Jiménez García
1
el siete (7) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).
1
Alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

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