Sentencia Nº TC/0046/19 de Tribunal Constitucional, 08-05-2019

Número de sentenciaTC/0046/19
Fecha08 Mayo 2019
Número de expediente TC-05-2018-0172
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0172, relativo al recurso de revisión constitucional de amparo incoado por Luis David Ulloa y Jean
Paul Ulloa contra la Sentencia núm. 042-2018-SSEN-00049, dictada el diez (10) de abril de dos mil dieciocho (2018) por la Cuarta
Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional. Página 1 de 38
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0046/19 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0172, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por Luis David Ulloa
y Jean Paul Ulloa contra la Sentencia
núm. 042-2018-SSEN-00049, dictada
el diez (10) de abril de dos mil
dieciocho (2018) por la Cuarta Sala de
la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito
Nacional.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los ocho (8) día del mes de mayo del año dos mil diecinueve (2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Rafael
Díaz Filpo, primer sustituto en funciones de presidente; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Katia Miguelina
Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0172, relativo al recurso de revisión constitucional de amparo incoado por Luis David Ulloa y Jean
Paul Ulloa contra la Sentencia núm. 042-2018-SSEN-00049, dictada el diez (10) de abril de dos mil dieciocho (2018) por la Cuarta
Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional. Página 2 de 38
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 042-2018-SSEN-00049, objeto del presente recurso de revisión,
fue dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Nacional el diez (10) de abril de dos mil dieciocho (2018). Su
dispositivo, copiado textualmente, es el siguiente:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE la presente ACCION DE AMPARO de
conformidad con la instancia presentada en Secretaría General de la
Suprema Corte de Justicia, en fecha diecinueve (19) del mes de mayo del año
2017, por los reclamantes, señores LUIS DAVID ULLOA y JEAN PAUL
ULLOA, por intermedio de sus abogados, LICDO. JOSÉ ANIBAL
RODRÍGUEZ PILARTE y DR. FRANCISCO DOMÍNGUEZ ABREU. En
contra de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA y la
FISCALÍA DEL DISTRITO NACIONAL, por violación a los artículos 51 y 72
de la Constitución, 544 y 545 del Código Civil, Convención Americana sobre
Derechos Humanos y 7.11, 7.12, 65 y 76 de la Ley núm. 137-11, de fecha 13
de junio de 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, por existir una vía abierta, ordinaria,
disponible, idónea y más efectiva, para la protección de derechos
fundamentales de los reclamantes al tenor del artículo 70 de la Ley núm. 137-
11, de fecha trece (13) de junio del año dos mil once (2011), Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, y esta vía
es recurrir en revisión ante el Tribunal Constitucional la Sentencia núm. 180-
2015, de fecha catorce (14) del mes de julio del año dos mil quince (2015),
dictada por la Octava Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, de
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0172, relativo al recurso de revisión constitucional de amparo incoado por Luis David Ulloa y Jean
Paul Ulloa contra la Sentencia núm. 042-2018-SSEN-00049, dictada el diez (10) de abril de dos mil dieciocho (2018) por la Cuarta
Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional. Página 3 de 38
acuerdo con los artículos 94 y siguientes de la Ley núm. 137-11, de fecha 13
de junio de 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales; por las razones expuestas en el cuerpo de
la presente decisión.
SEGUNDO: DISPONE que la presente instancia de Acción de Amparo es
libre del pago de las costas procesales, por mandato expreso del artículo 66
de la Ley núm. 137-11, de fecha trece (13) de junio del año dos mil once
(2011), Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales
La sentencia recurrida fue notificada a: (i) los representantes legales de los
recurrentes, mediante el Acto núm. 1294, del ocho (8) de mayo de dos mil dieciocho
(2018), instrumentado por la ministerial Ana Josefina Muñoz Pérez, alguacil
ordinaria del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional; y, (ii) el señor
Luis David Ulloa, mediante el Acto núm. 1296, del siete (7) de mayo de dos mil
dieciocho (2018), instrumentado por Plinio Franco Gonell, alguacil ordinario de la
Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Nacional. Ambas notificaciones fueron diligenciadas a requerimiento de Wendy
Germán Feliciano, en su condición de secretaria de la Cuarta Sala de la Cámara Penal
del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
2. Presentación del recurso de revisión
Los señores Luis David Ulloa y Jean Paul Ulloa, vía secretaría de la Cuarta Sala de
la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional,
interpusieron el presente recurso de revisión constitucional en materia de amparo el
diez (10) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

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