Sentencia Nº TC/0048/18 de Tribunal Constitucional, 22-03-2018

Número de sentenciaTC/0048/18
Número de expediente TC-05-2014-0310
Fecha22 Marzo 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2014-0310, relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo y demanda en suspensión
de ejecución de sentencia interpuesto por el Ayuntamiento del Municipio de Sosúa y la alcaldesa Ileana Newman de Azar, contra
la Sentencia núm. 00497-2014, dictada p or la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Puerto Plata el veintisiete (27) de octubre de dos mil catorce (2014).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0048/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2014-0310, relativo al recurso de revisión
constitucional en materia de amparo y
demanda en suspensión de ejecución de
sentencia interpuesto por el Ayuntamiento
del Municipio de Sosúa y la alcaldesa
Ileana Newman de Azar, contra la
Sentencia núm. 00497-2014, dictada por la
Primera Sala de la Cámara Civil y
Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Puerto
Plata el veintisiete (27) de octubre de dos
mil catorce (2014).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Leyda
Margarita Piña Medrano, primera sustituta, presidente en funciones; Lino Vásquez
Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano,
Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Víctor Gómez Bergés, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11 Orgánica del
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2014-0310, relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo y demanda en suspensión
de ejecución de sentencia interpuesto por el Ayuntamiento del Municipio de Sosúa y la alcaldesa Ileana Newman de Azar, contra
la Sentencia núm. 00497-2014, dictada p or la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Puerto Plata el veintisiete (27) de octubre de dos mil catorce (2014).
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Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de
junio del año dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en materia
de amparo
En ocasión de la acción de amparo interpuesta por la Junta del Distrito Municipal de
Cabarete, representada por su subdirectora en funciones Licda. Raquel Sierra
Valdez, contra Ileana Newman, en su calidad de alcaldesa del Ayuntamiento del
municipio Sosúa, la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, dictó la Sentencia núm.
00497-2014, el veintisiete (27) de octubre de dos mil catorce (2014), cuyo
dispositivo, copiado textualmente, reza de la siguiente manera:
FALLA
Primero: rechaza la solicitud de in admisión realizada por la parte
accionada, por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente decisión.
Segundo: en cuanto a la forma, declara buena y válida, la presente acción
en Amparo, por ser conforme al derecho.
Tercero: en cuanto al fondo, acoge parcialmente la presente acción y en
consecuencia, ordena al Ayuntamiento del Municipio de Sosúa, y a su
Alcaldesa, señora Ileana Newman, entregar a la parte accionante, Junta
Distrital de Cabarete, la siguiente información:

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