Sentencia Nº TC/0048/19 de Tribunal Constitucional, 08-05-2019

Número de sentenciaTC/0048/19
Número de expediente TC-05-2018-0028
Fecha08 Mayo 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0028, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo de cumplimiento incoado por Gloria
Hayde Núñez y Ricardo José Urbáez contra la Sentencia núm. 0 514-2017-SSEN-00457, dictada el seis (6) de octubre del dos mil
diecisiete (2017) por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Santiago. Página 1 de 37
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0048/19 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0028, relativo al recurso de
revisión de sentencia de amparo de
cumplimiento incoado por Gloria
Haydé Núñez y Ricardo José Urbáez
contra la Sentencia núm. 0514-2017-
SSEN-00457, dictada el seis (6) de
octubre de dos mil diecisiete (2017)
por la Presidencia de la Cámara Civil y
Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de
Santiago.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los ocho (8) día del mes de mayo del año dos mil diecinueve (2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson S.
Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11,
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0028, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo de cumplimiento incoado por Gloria
Hayde Núñez y Ricardo José Urbáez contra la Sentencia núm. 0 514-2017-SSEN-00457, dictada el seis (6) de octubre del dos mil
diecisiete (2017) por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
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Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0514-2017-SSEN-00457, objeto del presente recurso de revisión,
fue dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el seis (6) de octubre de dos mil
diecisiete (2017). Su dispositivo, copiado textualmente, es el siguiente:
PRIMERO: DECLARA inadmisible la acción constitucional de amparo de
cumplimiento, promovida por Gloria Hayde Núñez y Ricardo José Urbáez en
contra del Ayuntamiento del municipio de Santiago y Abel Atahualpa
Martínez Durán, en su calidad de su alcalde, por no cumplir con las
disposiciones establecidas en el artículo 107 de la Ley núm. 137-11, Orgánica
del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.
SEGUNDO: Declara libre de costas la presente acción constitucional de
amparo.
Conforme a la glosa procesal no obra constancia de notificación de la citada
sentencia a la parte recurrente; en cambio, se encuentra depositado el Acto núm.
1361-2017, de dieciséis (16) de octubre de dos mil diecisiete (2017), instrumentado
por el ministerial Yoel Rafael Mercado, alguacil de estrados de la Segunda Sala del
Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de Santiago, conforme al cual le fue
notificada la sentencia recurrida al Ayuntamiento de Santiago y al señor Abel
Atahualpa Martínez Durán, en su condición de alcalde.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0028, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo de cumplimiento incoado por Gloria
Hayde Núñez y Ricardo José Urbáez contra la Sentencia núm. 0 514-2017-SSEN-00457, dictada el seis (6) de octubre del dos mil
diecisiete (2017) por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
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2. Presentación del recurso de revisión
Los señores Gloria Haydé Núñez y Ricardo José Urbáez, vía Secretaría de la
Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Santiago, interpusieron el presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo el doce (12) de octubre del dos mil diecisiete
(2017).
Dicho recurso fue notificado al Ayuntamiento de Santiago y al señor Abel Atahualpa
Martínez Durán, en su condición de alcalde, mediante el Acto núm. 1361-2017,
descrito más arriba.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
La Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Santiago fundamentó su decisión, entre otros, en los siguientes
argumentos:
a. Que examinados los documentos aportados por la parte accionante, el
tribunal comprueba que en la especie se trata de una acción constitucional
de amparo en cumplimiento y que en relación a esta acción se verifica que
Gloria Hayde Núñez y Ricardo José Urbáez, en fecha 29 de junio del 2017,
le notificaron al Ayuntamiento del municipio de Santiago y su alcalde Abel
Atahualpa Martínez Durán, intimación y puesta en mora para la inclusión en
el ejercicio presupuestario del Ayuntamiento del municipio de Santiago
valores adeudados en virtud de sentencia con la autoridad de la cosa
irrevocablemente juzgada; que dicho acto se hizo en procura del
cumplimiento de la ley 86-11, y por lo tanto mandar a incluir en el ejercicio
presupuestario de dicha entidad la suma de tres millones ciento treinta y cinco

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