Sentencia Nº TC/0065/20 de Tribunal Constitucional, 21-02-2020

Número de sentenciaTC/0065/20
Fecha21 Febrero 2020
Número de expediente TC-04-2017-0166
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0166, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Ana
Rosa Frías de Hernández y José Ramón Hernández contra la Sentencia núm. 575, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte
de Justicia el cuatro (4) de noviembre de dos mil quince (2015). Página 1 de 47
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0065/20
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0166, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por Ana Rosa Frías de
Hernández y José Ramón Hernández contra
la Sentencia núm. 575, dictada por la
Tercera Sala de la Suprema Corte de
Justicia el cuatro (4) de noviembre de dos
mil quince (2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de febrero del año dos mil veinte
(2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel
Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Domingo Gil, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y 9 y 53 de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0166, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Ana
Rosa Frías de Hernández y José Ramón Hernández contra la Sentencia núm. 575, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte
de Justicia el cuatro (4) de noviembre de dos mil quince (2015). Página 2 de 47
1. Descripción de la decisión jurisdiccional recurrida en revisión
constitucional
El presente recurso de revisión constitucional tiene como objeto la Sentencia núm.
575, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el cuatro (4) de
noviembre de dos mil quince (2015). Su dispositivo, copiado íntegramente, es el
siguiente:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por Ana Rosa Frías de
Hernández y compartes, contra la sentencia dictada por el Tribunal
Superior de Tierras del Departamento Noreste el 30 de septiembre de 2013,
en relación con el Solar núm. 6, Manzana G, del Distrito Catastral núm. 20,
del municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, cuyo dispositivo se ha
copiado en parte anterior del presente fallo; Segundo: Condena a los
recurrentes al pago de las costas en provecho de los Licdos. Manuel de Jesús
Mejía Núñez y Liliana Abreu Mora, quienes afirman haberlas avanzado en
su totalidad.
Dentro de la glosa procesal no obra constancia de notificación de la decisión
jurisdiccional recurrida a Ana Rosa Frías de Hernández y José Ramón Hernández,
parte recurrente.
En cambio, sí reposa en los documentos que componen el expediente un acto
mediante el cual la sentencia recurrida le fue notificada a Amalio Hernández, parte
recurrida; nos referimos al Acto núm. 23-2016, instrumentado por el ministerial
Roberto Ant. Duarte Vargas, alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de Duarte, el veintitrés (23) de febrero de dos
mil dieciséis (2016), a requerimiento de los recurrentes.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0166, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Ana
Rosa Frías de Hernández y José Ramón Hernández contra la Sentencia núm. 575, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte
de Justicia el cuatro (4) de noviembre de dos mil quince (2015). Página 3 de 47
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
La parte recurrente, Ana Rosa Frías de Hernández y José Ramón Hernández,
interpuso el presente recurso de revisión de decisión jurisdiccional el veintiséis (26)
de febrero de dos mil dieciséis (2016), ante la Secretaría General de la Suprema
Corte de Justicia. Mediante el mismo procura que sea declarada la nulidad de la
Sentencia núm. 575.
El susodicho recurso fue notificado a la parte recurrida, Amalio Hernández, de
acuerdo con el Acto núm. 917/2017, instrumentado por el ministerial José de Js.
Alejo Serrano, alguacil de estrados del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del
Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, el trece (13) de junio de dos mil diecisiete
(2017).
3. Fundamentos de la decisión jurisdiccional recurrida en revisión
constitucional
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia fundamentó la sentencia atacada,
en suma, en lo siguiente:
Considerando, que en el desarrollo de los dos medios invocados en
casación, los cuales se reúnen para el estudio y solución del presente caso,
los recurrentes alegan en síntesis, lo siguiente: a) que el tribunal a-quo
acogió las pretensiones del recurrido Amalio Hernández, en relación a los
recibos de fechas 10 de julio del 2003 y 19 de noviembre de 2004, y con esto
incurrió en la desnaturalización de los documentos, toda vez que le ha dado
a los mismos un alcance que no tienen, pues en ellos no se especifica el
concepto de los mismos, en el sentido de que no se hace constar en el los
que la operación realizada consistía específicamente en la venta del Solar
m. 6, de la manzana G, del Distrito Catastral núm. 20, del municipio de

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