Sentencia Nº TC/0075/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021

Número de sentenciaTC/0075/21
Fecha20 Enero 2021
Número de expediente TC-05-2013-0195
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2013-0195, relativo al recurso de re visión constitucional de sentencia de amparo incoado por la
Sociedad Local Free Zones Services, INC., debidamente representada por el señor Miguel Ángel de la Cruz Espinal, contra
la Sentencia núm. 00361-2013, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial Hermanas Mirabal, en fecha cuatro (4) de Septiembre de dos mil trece (2013).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0075/21
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2013-0195, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por la Sociedad Local
Free Zones Services, INC.,
debidamente representada por el señor
Miguel Ángel de la Cruz Espinal,
contra la Sentencia núm. 00361-2013,
dictada por la Cámara Civil,
Comercial y de Trabajo del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Judicial
Hermanas Mirabal, en fecha cuatro (4)
de Septiembre de dos mil trece (2013).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintiuno
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Alba
Luisa Beard Marcos, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez Ramírez y Miguel Valera
Montero, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, y los
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Expediente núm. TC-05-2013-0195, relativo al recurso de re visión constitucional de sentencia de amparo incoado por la
Sociedad Local Free Zones Services, INC., debidamente representada por el señor Miguel Ángel de la Cruz Espinal, contra
la Sentencia núm. 00361-2013, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial Hermanas Mirabal, en fecha cuatro (4) de Septiembre de dos mil trece (2013).
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artículos 9 y 94 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, núm. 137-11, de fecha trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 00361-2013, objeto del presente recurso de revisión, fue
dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial Hermanas Mirabal el cuatro (4) de Septiembre de
dos mil trece (2013), y rechaza la acción de amparo incoada por sociedad
comercial Local Free Zones Services, INC., debidamente representada por el
señor Miguel Ángel de la Cruz Espinal, contra el Centro de Desarrollo y
Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA).
En el presente recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional,
entre los documentos depositados en el expediente, no consta la notificación de
la decisión recurrida, cuyo dispositivo es el siguiente:
Primero: Declara buena y válida en cuanto a la forma la acción de
amparo incoada por Local Free Zone Services, debidamente
representada por el señor Miguel Ángel de la Cruz Espinal, y los
intervinientes voluntarios FCA Corporation, S.A., debidamente
representada por el señor José Cristóbal Flores de la Hoz y el señor
Feliciano de Jesús Peralta Checo, en contra de la parte agraviante
Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PRO INDUSTRIA),
por haber sido hecha de conformidad con la ley y el derecho. Segundo:
En cuanto al fondo rechaza la indicada acción de amparo, incoada por
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Expediente núm. TC-05-2013-0195, relativo al recurso de re visión constitucional de sentencia de amparo incoado por la
Sociedad Local Free Zones Services, INC., debidamente representada por el señor Miguel Ángel de la Cruz Espinal, contra
la Sentencia núm. 00361-2013, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial Hermanas Mirabal, en fecha cuatro (4) de Septiembre de dos mil trece (2013).
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Local Free Zone Services, debidamente representada por el señor
Miguel Ángel de la Cruz Espinal, y los intervinientes voluntarios FCA
Corporation, S.A., debidamente representada por el señor José
Cristóbal Flores de la Hoz y el señor Feliciano de Jesús Peralta Checo,
por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente sentencia.
Tercero: Declara libre de toda costa, cargo o impuesto el presente
proceso. Cuarto: Comisiona al ministerial Domingo Cáceres
Evangelista, alguacil de estrado de la Cámara Civil, Comercial y de
Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial
Hermanas Mirabal, para que de manera oficiosa proceda a la
notificación de a presente sentencia a todas y cada una de las partes
intervinientes en esta acción de amparo.
No existe constancia de notificación de la decisión impugnada entre los
documentos que reposan en el expediente.
2. Presentación del recurso de revisión de amparo
La parte recurrente en revisión de amparo, sociedad comercial Local Free Zone
Services, debidamente representada por el señor Miguel Ángel de la Cruz
Espinal, interpuso el presente recurso de revisión el once (11) de septiembre de
dos mil trece (2013).
El recurso de revisión ha sido notificado a la parte recurrida, Centro de
Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA), el dieciséis (16) de
septiembre de dos mil trece (2013), por medio del Acto núm. 1538/2013,
instrumentado por el ministerial Domingo Cáceres Evangelista, alguacil de
estrado de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial Hermanas Mirabal.

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