Sentencia Nº TC/0079/18 de Tribunal Constitucional, 23-03-2018

Número de sentenciaTC/0079/18
Fecha23 Marzo 2018
Número de expediente TC-01-2015-0013
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2015-0013, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por los sucesores de la señora
Inés Rosario Acosta contra el Decreto núm. 58-34, dictado por el Tribunal Superior de Tierras el diecinueve (19) de agosto de mil
novecientos cincuenta y siete (1957) Página 1 de 22
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0079/18
Referencia: Expediente núm. TC-01-
2015-0013, relativo a la acción directa de
inconstitucionalidad interpuesta por los
sucesores de la señora Inés Rosario Acosta
contra el Decreto núm. 58-34, dictado por
el Tribunal Superior de Tierras el
diecinueve (19) de agosto de mil
novecientos cincuenta y siete (1957).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Leyda
Margarita Piña Medrano, primera sustituta, presidente en funciones; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Víctor Gómez
Bergés, Wilson S. Gómez Ramírez y Katia Miguelina Jiménez Martínez, en ejercicio
de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos185.1 de la Constitución dominicana, 9 y 36 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica de Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales del
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2015-0013, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por los sucesores de la señora
Inés Rosario Acosta contra el Decreto núm. 58-34, dictado por el Tribunal Superior de Tierras el diecinueve (19) de agosto de mil
novecientos cincuenta y siete (1957) Página 2 de 22
1. Descripción de la norma impugnada
1.1 Los sucesores de la señora Inés Rosario Acosta (señores Máximo Ramón
Franco Rosario, Manuel de Jesús Franco Rosario, Luis Felipe Franco Rosario, José
Antonio Franco Rosario y José Casimiro Franco Rosario) interpusieron una acción
directa de inconstitucionalidad contra el Decreto núm. 58-34, dictado por el Tribunal
Superior de Tierras el diecinueve (19) de agosto de mil novecientos cincuenta y siete
(1957), mediante el cual se declaró en favor del municipio Fantino el registro de la
parcela núm. 1106 del distrito catastral núm. 7 del municipio Cotui, sección “San
Miguel”, provincia Sánchez Ramírez.
1.2 El Tribunal Constitucional comunicó la acción directa de inconstitucionalidad
que nos ocupa solicitando su opinión al procurador general de la República y al
presidente del Tribunal Superior de Tierras del Departamento Noreste, mediante los
oficios núms. PTC-AI-056-2015 y PTC-AI-057-2015 respectivamente, ambos del
veintisiete (27) de mayo de dos mil quince (2015).
2. Pretensiones de los accionantes
2.1. Los referidos sucesores de la señora Inés Rosario Acosta apoderaron al
Tribunal Constitucional de la presente acción directa de inconstitucionalidad
mediante instancia recibida el veinticinco (25) de marzo de dos mil quince (2015).
De acuerdo con este documento, solicitan que se declare no conforme con la
Constitución el Decreto núm. 58-34, dictado por el Tribunal Superior de Tierras el
diecinueve (19) de agosto de mil novecientos cincuenta y siete (1957), en ejecución
de la Decisión núm. 1 del Tribunal de Tierras de esa misma fecha
2.2. En la indicada acción directa de inconstitucionalidad los accionantes alegan
la violación en su perjuicio de los numerales 1, 4, 5, 6 del artículo 51, relativos al

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