Sentencia Nº TC/0097/20 de Tribunal Constitucional, 17-03-2020

Número de sentenciaTC/0097/20
Fecha17 Marzo 2020
Número de expediente TC-07-2019-0058
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2019-0058, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por la entidad
B.E., Inc., contra la Sentencia núm. 1777, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia
el treinta y uno (31) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 23
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0097/20
Referencia: Expediente núm.
TC-07-2019-0058, relativo a la
solicitud de suspensión de
ejecución de sentencia
interpuesta por la entidad B.
.
E., Inc., contra la Sentencia
núm. 1777, dictada por la Sala
Civil y Comercial de la Suprema
Corte de Justicia el treinta y uno
(31) de octubre de dos mil
dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de marzo del año dos mil veinte
(2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R.G., presidente; H.A. de los Santos, J.
.
A..A., A.L.B..M., A.I.B..o..H.,
V.J.C.P., D.G., W.S.G.R. y
K..M..J..M., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 9 y 54
de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2019-0058, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por la entidad
B.E., Inc., contra la Sentencia núm. 1777, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia
el treinta y uno (31) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 23
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisiones jurisdiccionales
La Sentencia núm. 1777, cuya ejecución se pretende suspender, fue dictada por
la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31)
de octubre de dos mil dieciocho (2018), cuyo dispositivo, copiado textualmente,
dispone lo siguiente:
Primero: Declara inadmisible, por los motivos expuestos, el recurso de
casación interpuesto por J.J.F.M. de Oca; Segundo:
Rechaza el recurso de casación interpuesto por B..E., Inc.,
contra la sentencia civil núm. 460-13, de fecha 27 de junio de 2013,
dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte
de Apelación del Distrito Nacional, cuyo dispositivo figura copiado en
parte anterior del presente fallo; Tercero: Condena a la parte recurrente,
B.E., Inc., y J.J.F.M. de Oca al pago de las
costas del procedimiento con distracción de las mismas a favor del Dr.
L.M..S. y el Lcdo. N.y T.R.eyes S., quienes
afirman haberlas avanzado en su totalidad.
2. Presentación de la solicitud de suspensión de ejecución de decisión
jurisdiccional
La solicitante, B.E., Inc., representada por el señor J.J.F.
.
M. de Oca, interpuso la presente solicitud en suspensión de la referida
sentencia el doce (12) de marzo de dos mil diecinueve (2019).

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