Sentencia Nº TC/0105/19 de Tribunal Constitucional, 27-05-2019

Número de sentenciaTC/0105/19
Fecha27 Mayo 2019
Número de expediente TC-01-2016-0033
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2016-0033, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad incoada por la Federación Dominicana de
Comerciantes, Inc., y compartes contra la Resolución núm. 04/2014, emitida por el director general de Impuestos Internos el cuatro
(4) de junio de dos mil catorce (2014). Página 1 de 51
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0105/19 Referencia: Expediente núm. TC-
01-2016-0033, relativo a la acción
directa de inconstitucionalidad
incoada por la Federación
Dominicana de Comerciantes, Inc. y
compartes contra la Resolución núm.
04/2014, emitida por el director
general de Impuestos Internos el
cuatro (4) de junio de dos mil catorce
(2014).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana a los veintisiete (27) días del mes de mayo del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez
Ramírez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.1 de la
Constitución, y 36 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y
de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2016-0033, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad incoada por la Federación Dominicana de
Comerciantes, Inc., y compartes contra la Resolución núm. 04/2014, emitida por el director general de Impuestos Internos el cuatro
(4) de junio de dos mil catorce (2014). Página 2 de 51
I. ANTECEDENTES
1. Descripción del acto objeto de la presente acción directa de
inconstitucionalidad
El acto objeto de la presente acción directa de inconstitucionalidad lo es la
Resolución núm. 04/2014, del director general de Impuestos Internos, emitida el
cuatro (4) de junio de dos mil catorce (2014). El texto íntegro de la indicada
resolución es el siguiente:
DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS
En ejercicio de las facultades que le otorgan los Artículos 34 y 35 del Código
Tributario de la República Dominicana, dicta la siguiente:
NORMA GENERAL DE FACILIDADES PARA SOLUCIONES FISCALES
ARTÍCULO 1. OBJETO Y ALCANCE. SISTEMA DE SOLUCIONES
FISCALES. Mediante la presente Norma General se define el Sistema de
Soluciones Fiscales, como una medida tendente a facilitar el cumplimiento de
la obligación tributaria por parte de los y las contribuyentes, iniciada en el
2008 con la promulgación del Decreto No. 451-08. Este sistema integra las
opciones o alternativas fiscales, ya sean equipos de impresión o sistemas, que
procesan y envían datos relativos a las operaciones de transferencia de bienes
o servicios realizadas por los o las contribuyentes.
ARTÍCULO 2. DEFINICIONES. A los fines y efectos de la presente Norma,
deberá entenderse por:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2016-0033, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad incoada por la Federación Dominicana de
Comerciantes, Inc., y compartes contra la Resolución núm. 04/2014, emitida por el director general de Impuestos Internos el cuatro
(4) de junio de dos mil catorce (2014). Página 3 de 51
1. Acta de Compromiso: Documento de control interno usado por la DGII
para otorgar plazos a los o las contribuyentes que lo requieran para
completar el proceso de instalación de las Soluciones Fiscales.
2. Comprobantes Fiscales: Documento que contiene la secuencia numérica
autorizada por la DGII (Número de Comprobante Fiscal) que acreditan la
transferencia de bienes, la entrega en uso, o la prestación de servicios, en
coherencia con las disposiciones del Código Tributario y el Reglamento para
la Regulación de la Impresión, Emisión y Entrega de Comprobantes Fiscales
No. 254-06, de fecha 19 de junio de 2006.
3. Consumidor Final: Es el consumidor último de un bien o de un servicio que
no empleará dicho bien o servicio como parte de ninguna operación o
actividad mercantil ulterior.
4. Dispositivo de Control Fiscal: Dispositivo de almacenamiento de datos
autorizado por la Dirección General de Impuestos Internos para ser
incorporado y sellado desde la fabricación en la estructura interna de los
dispositivos autorizados.
5. DGII: Dirección General de Impuestos Internos.
6. Empresas Proveedoras de Soluciones Fiscales: Empresas autorizadas por
la DGII a comercializar estas soluciones fiscales, ya que han dado
cumplimiento a lo exigido por la Administración Tributaria y sus equipos
cumplen con la legislación de República Dominicana.
7. Impresoras Fiscales: Equipo de impresión de facturas que desde su
fabricación tiene incorporado un dispositivo de almacenamiento de datos
autorizado por la Dirección General de Impuestos Internos.
8. Libro Diario de Ventas: Archivo electrónico de remisión mensual
obligatoria a la DGII, que consolida las ventas por día, por mes y por
sucursal, de los o las contribuyentes sujetos al Reglamento No. 451-08.
9. Puntos de Venta (POS): Dispositivo electrónico para facturar, ubicado en
el lugar donde se produce la venta.

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