Sentencia Nº TC/0109/18 de Tribunal Constitucional, 21-05-2018

Número de sentenciaTC/0109/18
Fecha21 Mayo 2018
Número de expediente TC-05-2016-0291
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0291, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo presentado por el señor Cristóbal Rafael
Velásquez Mota contra la Sentencia núm. 393 -2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el primero
(1°) de octubre de dos mil quince (2015). Página 1 de 32
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0109/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0291, relativo al recurso de
revisión de sentencia de amparo
presentado por el señor Cristóbal
Rafael Velásquez Mota contra la
Sentencia núm. 00393-2015, dictada
por la Primera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el primero
(1°) de octubre de dos mil quince
(2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Ana Isabel
Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Jottin Cury David, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez
Martínez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 94
de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0291, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo presentado por el señor Cristóbal Rafael
Velásquez Mota contra la Sentencia núm. 393 -2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el primero
(1°) de octubre de dos mil quince (2015). Página 2 de 32
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 00393-2015, objeto del presente recurso de revisión, fue dictada
el primero (1°) de octubre de dos mil quince (2015) por la Primera Sala del Tribunal
Superior Administrativo.
Dicho fallo declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por el señor
Cristóbal Rafael Velásquez Mota, tras considerar que, de conformidad con el
artículo 70.1 de la Ley núm. 137-11, existen otras vías judiciales más efectivas para
obtener la protección pretendida.
La parte dispositiva de esta sentencia textualmente expresa:
PRIMERO: DECLARAR INADMISIBLE la presente Acción Constitucional
de Amparo interpuesta en fecha Diez (10) del mes de Agosto del año dos mil
quince (2015), por el Sr. CRISTÓBAL RAFAEL VELÁZQUEZ MOTA, contra
el Ministerio de Educación de la República Dominicana, en aplicación del
artículo 70.1 de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, por existir otras vías Judiciales que
permiten de manera efectiva obtener la protección del derecho fundamental
invocado, como lo es el procedimiento al Juez de la Instrucción (sic).
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el procedimiento por tratarse de una
Acción Constitucional de Amparo.
TERCERO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0291, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo presentado por el señor Cristóbal Rafael
Velásquez Mota contra la Sentencia núm. 393 -2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el primero
(1°) de octubre de dos mil quince (2015). Página 3 de 32
La sentencia previamente descrita fue notificada a las partes en este proceso
mediante copia certificada expedida por Secretaría General del Tribunal
Superior Administrativo. La notificación al señor Cristóbal Rafael Velásquez
Mota se produjo el siete (7) de diciembre de dos mil quince (2015); al
Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD) el veintitrés
(23) de noviembre de dos mil quince (2015), y a la Procuraduría General
Administrativa el once (11) de mayo de dos mil dieciséis (2016).
2. Presentación del recurso de revisión
En el presente caso, el señor Cristóbal Rafael Velásquez Mota apoderó a este tribunal
constitucional del presente recurso de revisión contra la sentencia anteriormente
descrita, tras considerar, entre otros, que la misma le vulnera sus derechos
fundamentales a la igualdad y al debido proceso, así como los de los demás oferentes
participantes en el sorteo de obras para la construcción de trescientos doce (312)
nuevos centros educativos y ciento cincuenta (150) estancias infantiles. Asimismo,
solicita a este tribunal que proceda a la adjudicación de la construcción de la estancia
infantil Cotuí 1 y que sean declarados inconstitucionales los actos administrativos
impugnados por la vía judicial.
El recurso anteriormente descrito fue presentado ante la Secretaría General del
Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de diciembre de dos mil quince
(2015) y notificado a la parte recurrida mediante Auto núm. 00204-2016, del doce
(12) de enero de dos mil dieciséis (2016), de la Presidencia del Tribunal Superior
Administrativo: al procurador general administrativo el veintiocho (28) de marzo de
dos mil dieciséis (2016) y al Ministerio de Educación de la República Dominicana
(en adelante, también “MINERD”) el dieciséis (16) de marzo de dos mil dieciséis
(2016).

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