Sentencia Nº TC/0109/19 de Tribunal Constitucional, 27-05-2019

Número de sentenciaTC/0109/19
Número de expediente TC-05-2017-0256
Fecha27 Mayo 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0256, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo interpuesto por la Junta Distrital de Tireo
y su director, señor Almarante Cerrata Veloz, contra la Sentencia núm. 04642017-SORD-00011, dictada por el Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Constanza el veinte (20) junio de dos mil diecisiete (2017). Página 1 de 26
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0109/19
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2017-0256, relativo al recurso de
revisión de sentencia de amparo
interpuesto por la Junta Distrital de
Tireo y su director, señor Almarante
Cerrata Veloz, contra la Sentencia
núm. 04642017-SORD-00011, dictada
por el Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Constanza el veinte
(20) junio de dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de mayo del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Rafael
Díaz Filpo, primer sustituto en funciones de presidente; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson S.
Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0256, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo interpuesto por la Junta Distrital de Tireo
y su director, señor Almarante Cerrata Veloz, contra la Sentencia núm. 04642017-SORD-00011, dictada por el Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Constanza el veinte (20) junio de dos mil diecisiete (2017). Página 2 de 26
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 04642017-SORD-00011, dictada por el Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Constanza el veinte (20) de junio de dos mil
diecisiete (2017), acogió la acción de amparo interpuesta por el ahora recurrido,
señor Roberto Patricio Durán Mateo.
Dicha sentencia le fue notificada a la parte recurrente, Junta Distrital de Tireo y
Almarante Cerrata Veloz, mediante el Acto núm. 1545/2017, de diez (10) de julio
de dos mil diecisiete (2017), instrumentado por el ministerial Cristian González,
alguacil de estrados del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Constanza. El dispositivo de la decisión es el siguiente:
PRIMERO: DECLARA bueno y válido el recurso de amparo, en forma como
en el fondo, por haber sido interpuesto de acuerdo a las normas legales,
particularmente en atención a los requerimientos dispuestos por la Ley 137-
11 sobre Procedimientos Constitucionales. SEGUNDO: DISPONE que se
subsane el derecho violado ordenando a los accionados entregar las
informaciones antes descritas en un plazo de cinco (5) días después de
haberse notificado la sentencia a intervenir. TERCERO: IMPONE al señor
Almarante Cerrata Veloz y a la Junta Distrital de Tireo, un astreinte de mil
pesos dominicanos RD$1,000.00 pesos diarios por cada día que permanezca
sin cumplir la sentencia a intervenir a favor del Centro de Rehabilitación del
Municipio de Constanza y la Casa de la Cultura de Constanza.

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