Sentencia Nº TC/0112/20 de Tribunal Constitucional, 12-05-2020

Número de sentenciaTC/0112/20
Fecha12 Mayo 2020
Número de expediente TC-05-2016-0388
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
!
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0388, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
M.M.G.D. contra la Sentencia núm. 00266-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veinte (20) de junio de dos mil dieciséis (2016).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC0112/20
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0388, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por M.
.
M..G..D. contra la
Sentencia núm. 00266-2016, dictada
por la Primera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el veinte (20)
de junio de dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de mayo del año dos mil veinte
(2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L..
.
V..S., segundo sustituto; H.A. de los Santos, J.
.
A.A., A.L..B.M., J.P.C..K.,
V.J..C.P., D.G., W.S..G.R.a.,
K.M..J.M. y M..V.M., en ejercicio de
sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en
los artículos 185.4 de la Constitución, 9, 94 y siguientes de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
!
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0388, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
M.M.G.D. contra la Sentencia núm. 00266-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veinte (20) de junio de dos mil dieciséis (2016).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 00266-2016, objeto del presente recurso, fue dictada por la
Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veinte (20) de junio de
dos mil dieciséis (2016), cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE la presente Acción
Constitucional de A. interpuesta en fecha 17 de mayo del año
2016, por la señora MALTA MARÍA GRATEREAUX DURÁN, contra el
CONSEJO NACIONAL PARA LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
(CONANI), en virtud de lo dispuesto en el Artículo 70 numeral 1 de la
Ley No. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, por existir otras vías judiciales
efectivas para la protección del derecho fundamental invocado como lo
es el recurso contencioso administrativo. SEGUNDO: DECLARA libre
de costas el procedimiento por tratarse de una Acción Constitucional
de A.. TERCERO: ORDENA que la presente sentencia sea
comunicada vía S.ía del Tribunal, a la parte accionante señora
MALTA MARÍA GRATEREAUX DURÁN, a la parte accionada,
CONSEJO NACIONAL PARA LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
(CONANI) como el Procurador General Administrativo. CUARTO:
ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín del
Tribunal Superior Administrativo”.
La referida sentencia fue notificada a la recurrente, la señora M..M.....
.
G..D., el trece (13) de julio de dos mil dieciséis (2016) y a la
Procuraduría General Administrativa el ocho (8) de julio de dos mil dieciséis
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República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0388, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
M.M.G.D. contra la Sentencia núm. 00266-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veinte (20) de junio de dos mil dieciséis (2016).
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(2016), mediante certificaciones emitidas por la S.ía General del
Tribunal Superior Administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
La parte recurrente, señora M..M.G., interpuso el presente
recurso de revisión mediante instancia depositada el quince (15) de julio de
dos mil dieciséis (2016), contra la Sentencia núm. 00266-2016, dictada por la
Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veinte (20) de junio de
dos mil dieciséis (2016).
Dicho recurso fue notificado a la parte recurrida, Consejo Nacional para la
Niñez y la Adolescencia (CONANI), el dieciocho (18) de julio de dos mil
dieciséis (2016), mediante el Acto núm. 226/2016, instrumentado por el
ministerial E..R., alguacil ordinario de la Quinta Sala del Juzgado
de Trabajo del Distrito Nacional. Dicho recurso fue notificado a la
Procuraduría General Administrativa, mediante Auto núm. 4239-2016,
emitido por el Tribunal Superior Administrativo el primero (1ro) de agosto de
dos mil dieciséis (2016).
3. Fundamento de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, en su Sentencia núm.
00266-2016, dictada el veinte (20) de junio de dos mil dieciséis (2016),
declaró la inadmisibilidad de la acción de amparo interpuesta por la señora
M..M..G..D., basándose, esencialmente, en los siguientes
argumentos:

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