Sentencia Nº TC/0116/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021

Número de sentenciaTC/0116/21
Fecha20 Enero 2021
Número de expediente TC-05-2019-0251
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0251, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por
Manolo García Alcántara contra la Sentencia núm. 0340-2019-SSEN-00060, dictada por la Cámara Penal del Jugado de
Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, el dos (2) de agosto de dos mil diecinueve (2019).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0116/21
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2019-0251, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por Manolo García
Alcántara contra la Sentencia núm.
0340-2019-SSEN-00060, dictada por
la Cámara Penal del Jugado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de San
Pedro de Macorís, el dos (2) de agosto
de dos mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintiún
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto;
Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez
Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4
de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio
de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0251, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por
Manolo García Alcántara contra la Sentencia núm. 0340-2019-SSEN-00060, dictada por la Cámara Penal del Jugado de
Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, el dos (2) de agosto de dos mil diecinueve (2019).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0340-2019-SSEN-00060 fue dictada por la Cámara Penal
del Jugado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís,
el dos (2) de agosto de dos mil diecinueve (2019), mediante la cual declara
inadmisible la acción de amparo incoada por la ahora parte recurrente, señor
Manolo García Alcántara, contra la Procuraduría Fiscal de San Pedro de
Macorís. La parte dispositiva de dicha sentencia dice textualmente:
Primero: Declara la inadmisibilidad la presente Acción
Constitucional de Amparo interpuesta por el señor Manolo
García Alcántara, dominicano, mayor de edad, casado,
miembro de la DNCD, 24/01/1969, portador de la cédula de
identidad y electoral No. 001-0273646-9, domiciliado y
residente en la calle Anacaona No. 17, San Juan de la
Maguana, en contra del Procurador Fiscal, del Distrito
Judicial de San Pedro de Macorís, por supuesta violación al
derecho de propiedad establecido en el artículo 51 de la
Constitución, por extemporánea, en virtud de que el Tribunal
Constitucional está apoderado de la reclamación interpuesta
por el accionante. Segundo: Se declara el presente proceso
libre de costas, en virtud de los artículos 7.6 y 66 de la Ley No.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
La referida decisión judicial fue notificada a la parte recurrente y a la
Procuraduría Fiscal de San Pedro de Macorís, los días veintinueve (29) y

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